La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



sábado, 12 de diciembre de 2015

0928

Tipo de Recurso: Protección
Código: CI 08
Parte recurrente:
Nombre Abogado:
Rut:
Documentos:

EN LO PRINCIPAL: recurso de protección;  EN EL PRIMER OTROSI:  acompaña documentos; EN EL SEGUNDO: las medidas urgentes que indica; EN EL TERCERO: diligencias; y EN EL CUARTO:  patrocinio y poder.

                          I. Corte.

     ......................, de profesión ........., domiciliado en ............... Nº ........., a US. I., respetuosamente, digo:
     Recurro de protección en contra del funcionario que tiene el cargo de ................, del Organismo ........., don ..............., ambos domiciliados en ............... Nº....., piso .........º, de esta ciudad.
     Los hechos que motivan este recurso, son los siguientes: .............................................
     Estos hechos importan que el mencionado funcionario ha amenazado (atropellado o desconocido) mi derecho a ..............., al ordenar ...............
     De este modo, se ha violado la garantía constitucional del art. 19 Nº....._ de, la Constitución Política, expresamente protegido por el art. 20 del mismo texto.
     Estando dentro del plazo de 15 días corridos, desde que se produjo el abuso, interpongo recurso de protección.
                         POR TANTO,
de acuerdo con lo expuesto, disposiciones citadas y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, de 29 de marzo de 1977,
RUEGO A US. I.: se sirva tener por interpuesto el presente recurso de protección de mis derechos constitucionales referidos, ordenar que el funcionario recurrido, o quien lo reemplace, informe, en el plazo perentorio que US. I. fije; y, en definitiva, ordenar que ..............., bajo apercibimiento de ............... y tomar todas las medidas que, en concepto de V.S.I., sean conducentes al restablecimiento y la protección de mi derecho, con costas del recurso.
PRIMER OTROSI: Ruego a US. I. tener por acompañados los siguientes documentos:
     1.‑  ................................................
     2.‑  ................................................
SEGUNDO OTROSI: Ruego a US. I. se sirva ordenar que se adopten las siguientes medidas urgentes, para evitar que se mantenga y se aumente el daño:
     a)   ....................................................
     b)   ....................................................
     c)   ....................................................
TERCER OTROSI: Ruego a US. I. ordenar las siguientes diligencias de prueba:
     1.‑  ..................................................
     2.‑  ..................................................
CUARTO OTROSI: Ruego a US. I. tener presente que designo Abogado patrocinante a don ............................, domiciliado en ............ Nº........., oficina Nº......, patente Nº....., de la I. Municipalidad de ...................., y confiero poder al Procurador del Número don ..............., domiciliado en el Palacio de los Tribunales.



_______________________________________________________

NOTAS:  Se pedirá lo correspondiente al restablecimiento del derecho atropellado; o la medida tendiente a evitar la amenaza o el desconocimiento del derecho garantizado por la Constitución; o que se deje sin efecto una resolución determinada, etc. 
     Puede comparecer el afectado o cualquiera, a su nombre, sin necesidad de poder especial.
     No es obligatorio; pero si, conveniente, acompañar antecedentes o pedir determinados informes o diligencias tendientes a la correcta resolución del asunto. 
     Entre las medidas urgentes podrá pedirse orden de no innovar; esto es, mandar, a la autoridad recurrida, que suspenda la aplicación de la orden o la resolución reclamada, mientras se ve el recurso.

     No es obligatorio; pero lo creemos indispensable, nombrar Abogado patrocinante y apoderado, especialmente en consideración al brevísimo plazo, de 24 horas, que existe para apelar.

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