La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



miércoles, 9 de diciembre de 2015

0759

Casos de peticiones concretas.

En la Explicación sobre "RECURSO APELACION CIVIL. FUNDADA. EXPLICACION" Y "APELACION CIVIL. FUNDADA. SOLICITUD", hemos aclarado cuándo una apelación debe ser fundada y hemos redactado un formulario o esquema de ello.
     Para simplificar la confección de una apelación fundada, nos pondremos en varios casos de mayor ocurrencia:
     I. Caso de juicio de arrendamiento
"y elevar los autos, a la I. Corte de Apelaciones, a fin de que el tribunal de alzada haga lugar a las siguientes peticiones concretas:
1ºSe revoque la sentencia de primer grado, que negó lugar a la demanda de arrendamiento, de terminación del contrato de arrendamiento por no pago de las rentas; y se haga lugar a ella;
2ºSe dé por terminado el contrato;
3ºSe declare que el demandado debe pagar la suma de $..... por rentas adeudadas, y las que se devenguen hasta la devolución total de la propiedad;
4ºSe proceda al lanzamiento del demandado y de todos los ocupantes, con la fuerza pública, apenas esté ejecutoriada la sentencia; y
5ºSe le condene al pago de las costas de la causa".
     II. Caso de juicio ejecutivo
     "y elevar los autos, en original, a la I. Corte, a fin de que el tribunal de alzada haga lugar a las siguientes peticiones concretas:
1ºSe revoque la sentencia de primer grado, que negó lugar a la ejecución;
2ºRechazar las excepciones opuestas por el ejecutado;
3ºMandar que se siga adelante la ejecución, hacerse, a mi mandante, entero y cumplido pago de la suma de $ ............., que consta de la letra (o pagaré; o cheque), más reajustes del I.P.C., desde el vencimiento; con intereses corrientes hasta el pago efectivo; y
4ºque sea condenado al pago de las costas de la causa".
     III. Caso de juicio ordinario
     "y elevar los autos, en original, a la I. Corte de Apelaciones, a fin de que el tribunal de alzada resuelva las siguientes peticiones concretas:
1ºSe revoque la resolución de primer grado, que negó lugar a nuestra demanda ordinaria de ..........;
2ºQue se haga lugar a ella, declarando el derecho de mi parte, de ..........;
3ºSe niege lugar, en todas sus partes, a la reconvención contraria; y
4ºSe condene, al demandado, al pago de las costas de la causa".


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NOTA: Si la apelación es del demandado que perdió el juicio de arrendamiento; o del ejecutado a quien no se le hizo lugar a sus excepciones o del demandado que perdió el juicio ordinario, las peticiones serán ‑precisamente‑ las contrarias de las propuestas.

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