La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



lunes, 30 de marzo de 2015

0040

EN LO PRINCIPAL: consigna; y EN EL OTROSI: se deje sin efecto el arresto que indica.

                 S. J. L. de Menores.

     ............, asistido por su Abogado don .........., en autos sobre alimentos caratulados menores "..........", Rol Nº........., a US., respetuosamente, digo:

     Consigno para pagar, las pensiones alimentarias adeudadas en favor de mi ................, correspondientes a los meses de ....... a ......., ambos inclusive, mediante boleta Nº ........, del Banco del Estado, Oficina .........., por la suma de $ ...........
                      POR TANTO,
RUEGO A US.: se sirva tener por acompañada dicha boleta y por hecha la consignación; y mandar que se gire cheque en favor de la demandante, sin más trámite.
OTROSI: Sírvase US. ordenar que se deje sin efecto el arresto decretado en autos, oficiando; y, además, otorgarme un certificado en el que conste que no existe arresto pendiente en autos, en mi contra.

__________

NOTAS: Si no se ha dictado arresto, se elimina el otrosí.
     El apoderado podrá formular la petición, sin necesidad de la firma del mandante. Si no ha habido designación anterior, se puede agregar, ahora, patrocinio y poder.
     También se puede solicitar autorización para comparecer personalmente, en la gestión, de acuerdo con la Ley Nº 18.120.

     Se debe tener cuidado con la tramitación de la contraorden, pues, muchas veces, después del pago, se lleva a cabo el arresto, que sigue apareciendo como pendiente.

miércoles, 25 de marzo de 2015

0676 notificación por avisos

EN LO PRINCIPAL: notificación por avisos; EN EL PRIMER OTROSI: oficios; y EN EL SEGUNDO: apercibimiento.

                S.  J.  L. en lo Civil

     ....................., por el actor don ..................., en autos sobre ................, en procedimiento .............., caratulados "................ con ...................", a US., respetuosamente, digo:
     Según consta en las diligencias consignadas en autos, por el señor Receptor, el demandado don ..............................., no ha podido ser notificado, por no habérsele encontrado en el domicilio indicado en la demanda, ni ha sido posible saber su paradero, pese a las averiguaciones practicadas.
     En consecuencia, procede notificarle la demanda, esta solicitud y sus proveidos, y demás actuaciones de autos, mediante avisos en los diarios, pues el demandado se encuentra, o se ha colocado, en el caso de una persona cuya residencia es difícil de determinar.
     Como la notificación ‑en la forma solicitada‑ es excesivamente dispendiosa, si se insertaran, en la publicación, íntegramente, todas las actuaciones mencionadas, solicito que los avisos se hagan en extracto redactado por el Sr. Secretario del Tribunal.
                     POR TANTO, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 54 del Código de Procedimiento Civil,
RUEGO A US.: se sirva ordenar que se notifique la demanda de autos, esta solicitud, los proveidos y demás, a don ..............................., ya individualizado, por medio de avisos extractados por el señor Secretario, señalando ‑al efecto‑ el periódico en que deberán hacerse las publicaciones, y el número de ellas, sin perjuicio de la que corresponde hacer en el Diario Oficial, previos los oficios solicitados en el primer otrosí.
PRIMER OTROSI: Ruego a US. ordenar se envíen oficios a la Policía de Investigaciones de Chile, a la Dirección General de Carabineros, al Servicio de Registro Civil e Identificación, y a la Empresa de Correos de Chile, a fin de que informen, a US., con urgencia, acerca del actual domicilio o residencia del demandado, si se saben.
SEGUNDO OTROSI: Ruego a US. ordenar, al demandado, que designe un domicilio conocido dentro de los límites urbanos de esta ciudad, dentro del término de emplazamiento, bajo apercibimiento de notificársele ‑todas las resoluciones de autos‑ por el estado diario.

         

NOTA: La solicitud de notificación por avisos puede ser una petición más, contenida en la propia demanda, en un otrosí, como el que sigue: "PRIMER OTROSI: Sírvase US. ordenar que se notifique, al demandado, esta demanda y sus proveidos, esta solicitud, su providencia y demás actuaciones, por avisos, por ser difícil de determinar su residencia. Pido que las publicaciones se hagan en extracto, redactado por el señor Secretario, por ser dispendiosa la publicación íntegra, previo oficios a la Policía de Investigaciones, Dirección General de Carabineros, Servicio de Registro Civil e Identificación, y Empresa de Correos de Chile, a fin de que informen, a US., con urgencia, acerca del actual domicilio o residencia del demandado, todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil".

     El mismo escrito anterior o la variante precedente, en su caso, servirán para pedir la notificación por avisos en los otros casos señalados por el art. 54: personas cuya individualidad sea difícil determinar o personas que ‑por su número‑ dificulta considerablemente la práctica del emplazamiento.

jueves, 12 de marzo de 2015

0038

Se reciban alegatos.

                      ILMA. CORTE

     ................, por la parte del demandante(dado) don .................., en el recurso de ............................, en los autos sobre ..............., en procedimiento ..............., caratulados "........ con ..........", Ingreso N_ ........., a US. I. respetuosamente, digo:
El recurso de que se trata no tiene, en su tramitación ordinaria, alegatos de las partes.
Sin embargo, solicito que US. I. se sirva ordenar que se reciban alegatos y para tal efecto, que el asunto se ponga en tabla, por las siguientes razones:
     1.‑ .............................................
     2.‑ .............................................
                      POR TANTO,
RUEGO a US.I: se sirva ordenar que se reciban alegatos de las partes y que se ponga, para tal efecto, la causa, en tabla.

__________

NOTA: Si la presentación se formula a la Corte Suprema, en vez de ILMA. CORTE., se pondrá "EXCMA. CORTE" y en vez de "US. I.", " US. EXCMA." o "V.E."



miércoles, 11 de marzo de 2015

0790

Procedimiento: Voluntario
Materia: Posesión efectiva (P04)
Solicitante:
Rut:
Abogado patrocinante:
Rut:
Apoderado:
Rut:


EN LO PRINCIPAL: con los documentos que acompaña, solicita la posesión efectiva que indica; EN EL PRIMER OTROSI: inventario simple; y EN EL SEGUNDO: patrocinio y poder.

                S.  J.  L. en lo Civil

    ................................., de profesión ..........., domiciliada en .............................. Nº......., a US., respetuosamente, digo:
    Consta del certificado que acompaño, que, con fecha ...... de ............... de 19..., contraje matrimonio con don ................................................
    Consta del certificado de defunción que ‑también‑ acompaño, que mi cónyuge falleció, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, con fecha ..... de ............ de 199..., inscribiéndose, el fallecimiento, con el Nº ........... del año 199...., en la Oficina del Registro Civil, de la comuna de ............
    Mi cónyuge falleció sin dejar testamento.
    Por no haber dejado ascendientes, descendientes, ni hermanos legítimos, con derecho a suceder, soy única heredera de los bienes quedados a su fallecimiento.
                      POR TANTO,
de acuerdo con lo expuesto, documentos acompañados y lo dispuesto en los arts. 878 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y 991 inciso 2º del Código Civil,
RUEGO A US.:  se sirva conceder, a la suscrita, la posesión efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de don ........................, en mi calidad de cónyuge sobreviviente.
PRIMER OTROSI: Ruego a US. ordenar se protocolice, en una Notaría de esta comuna, el inventario simple que acompaño, de los bienes quedados al fallecimiento del causante.

SEGUNDO OTROSI: Ruego a US. tener presente que designo Abogado patrocinante y confiero poder a don ............................, inscripción Nº................. R‑2, patente Nº............., de la I. Municipalidad de .................., domiciliado en ........................... Nº......., oficina. Nº......, de esta ciudad.

jueves, 5 de marzo de 2015

0034

Alegatos de Abogados

Nota final sobre  un buen alegato.
Muchos suelen confundir la finalidad de un alegato y vuelven a entablar una demanda o contestación de demanda. Si vamos a la definición más clásica un alegato constituye una "valoración" de la producción de la prueba obrante en autos en relación a la pretensión resarcitiva esbozada al momento de incoar o contestar la demanda. En mi humilde opinión el alegato es quizás la mejor oportunidad procesal que tiene el justiciable de convencer al juez de su derecho. No obstante, algo que en principio pareciera ser una especie de obviedad, en la práctica parece difuminarse a través del cristal de la lógica. Así las cosas, muchas veces es desperdiciado futílmente este estadio con un "copia y pegue" de la demanda.(o del escrito de apelación o casación.)

Un alegato (bien hecho y entendido como tal) NO ES OTRA COSA QUE UN PROYECTO DE SENTENCIA DEFINITIVA. Sencillo, claro, no demasiado largo, contundente, sin citas desmesuradas, sin repetición de lo ya dicho constituyen en mi humilde entender los pilares que deben de sostener el escrito de alegación.

ESQUEMA DE RECURSO DE APELACIÓN.

NN, Abogado en autos ya individualizado en la presuma de esta presentación, a US., con respeto digo:

Que con este acto, encontrándome en plazo y conforme  con los dispuesto en el artículo 186 y siguiente del CPC, vengo en  apelación, en contra de la sentencia definitiva, de fecha _____,  a foja ______, que  resolvió rechazar la demanda, por ser ella agravante para los derechos de mi parte, en virtud de los antecedentes  que paso a exponer:


1°.- LOS HECHOS DE LA CAUSA. 
TEORÍA DEL CASO.
 Una breve descripción de los hechos bajo el prisma de la parte, y su correlato con las pruebas rendidas.
 (especificar).
2°.- PRUEBAS RENDIDAS PARA ACREDITAR LOS HECHOS O NUESTRO CASO.
(Especificar.)
3°.- LA LEY APLICABLE A NUESTRO CASO. 
Señalar las disposiciones legales.
4.- LA ARGUMENTACIÓN DE LA  CONTRARIA.
 Desvirtuar e impugnar los argumentación  de la contraria.
5°.- DEFENSA O IMPUGNACIÓN, EN SU CASO, DEL FALLO DE PRIMER GRADO.
6°.- ARGUMENTOS DE REFUERZO.
            A).- DOCTRINA DE   LOS  JURISTAS. (LIBROS, ARTÍCULOS, REVISTAS)
            B).- LA JURISPRUDENCIA DE LOS  TRIBUNALES.
            C).- LOS PRINCIPIOS GENERALES DE DERECHO.

 POR TANTO, en mérito de lo expuesto y lo dispuesto en  el articulo 186 del CPC., y demás normas supletorias y complementarias,
 RUEGO A SS., se sirva tener por deducido recurso de apelación  para que conozca la I. Corte de Apelaciones, en contra de la sentencia ya individualizada, solicitando desde ya al Tribunal de Alzada, que revoque en todas sus partes la sentencia recurrida, y rechace, con costas, _________

EJEMPLO DE UN ALEGATO.

Con la venia del Señor Presidente, alegó ante esta Ilma. Corte de Apelaciones, por mi patrocinado don .................... quien está imputado de ser autor del delito de.............., abogando por su libertad.
1.‑ No es claro que mi patrocinado sea autor del delito que se le imputa, dado que la denuncia formulada en su contra, no está confirmada, verdaderamente, de modo que es posible que, en definitiva, se dicte sentencia absolutoria, y no esté justificado, el que él haya estado privado de libertad; y no se dan los requisitos del art. 456 del Código Adjetivo Penal, para llegar a condenar.
2.‑ Sin embargo, como obligación de defensor, me pondré en el caso que el Sr. Juez "a quo" considere, en definitiva, que mi patrocinado cometió delito.
3.‑ En este caso, parece, a esta defensa, que, si se entendiera que él realizó una conducta ilícita, el delito del caso no puede ser el de robo; y ello constituiría un delito de hurto, por faltar la condición sine qua non de aquella figura penal, cual es la existencia de la fuerza, que ‑en la especie‑ no la ha habido.
4.‑ La ley determina, en el art. 363 del Código de Procedimiento Penal, que, al resolver una excarcelación, es necesario considerar la pena eventual, la que, en la especie, puede ser ninguna.
5.‑ Obra, en favor de mi mandante, la minorante de irreprochable conducta anterior, del art. 11º Nº 6º del Código Punitivo.
6.‑ Asimismo, debe declararse que le favorece la atenuante de reparar con celo el mal causado, lo que mi poderdante ha efectuado mediante numerosas consignaciones, en la cuenta corriente del tribunal, con gran sacrificio.
7.‑ De conjugar las normas de los artículos 68 bis y 68 inciso 3º del Código penal, la pena del caso puede ser, inclusive, de falta; y que esté ya cumplida; y quizás, en exceso, con el tiempo que ha durado la detención y la prisión preventiva, durante ....... meses y .... días, desde el día... de..... de 19... ininterrumpidamente. Cabe, además, que oportunamente, se otorgue, en su caso, uno de los beneficios de la Ley Nº 18.216.
8.‑ No existen, en autos, diligencias de aquéllas que hacen imprescindible el mantener la prisión del reo, para llevarse a cabo. Recuerdo, a US. I., que tales diligencias precisan que la prisión sea "necesaria", lo que es lo absoluto, en contraposición de lo "contingente". Sostengo que, debido al tiempo transcurrido, no existe ninguna actuación de tal especie, que no se haya podido cumplir durante el sumario.
Por  otro lado, Ilustrísima Corte, mi patrocinado no entraña peligro alguno, para nadie, tanto por su conducta pretérita, como por su trabajo estable de ................. en el establecimiento de ..........; como, por fin, por tener familia establecida, compuesta por cónyuge y ......... hijos, como por tener domicilio permanente, en casa propia.
Por todo esto, solicito que Vuestra Señoría Ilustrísima tenga a bien aprobar la resolución del Sr. Juez a quo, que concedió la libertad de mi patrocinado (o revocar la resolución del Sr. Juez de primera instancia que negó lugar a la libertad provisional de mi patrocinado); y  resolver que se la concede, con la fianza rendida o con una que sea proporcional a la situación del mismo.
__________
NOTA: Se aclara que es un error, el referirse al Tribunal en forma plural, como "Vuestras Señorías Ilustrísimas", debido que "la Corte" es el Tribunal del caso, al cual se dirige en singular, como "Vuestra Señoría Ilustrísima"