La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



lunes, 7 de diciembre de 2015

0691

Procedimiento: Gestión preparatoria
Materia: Notificación de protesto de cheque (N04)
Demandante:
Rut:
Abogado patrocinante:
Rut:
Apoderado:
Rut:
Demandado:
Rut:

EN LO PRINCIPAL: notificación de protesto de cheque; y EN EL OTROSI: patrocinio y poder.

                S.  J.  L. en lo Civil

         ........................................., de profesión ..........................., domiciliado en ...................., Nº......., a US., respetuosamente, digo:
    Soy dueño del cheque serie ........... Nº ............, por la suma de $............., girado en contra del Banco ..........., Oficina ........................., por don ...................., de profesión ............................., y cuyo domicilio registrado en el Banco es ............. Nº......, oficina Nº...., de esta ciudad.
    Presentado ‑el documento‑ para su cobro, fue protestado por ........................, según consta del mismo documento, protesto que es del siguiente tenor: "PROTESTO: ........................................"
    Para los efectos de preparar la vía ejecutiva y de configurar, en su caso, el delito de giro doloso de cheque, solicito la notificación judicial, de dicho protesto, al girador.
                              POR TANTO,
de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 343 Nº 4º del Código de Procedimiento Civil y 22 de la Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques,
RUEGO A US.: se sirva ordenar la notificación del protesto referido, a don ........................................, ya individualizado, a fin de que consigne el valor del cheque, los intereses y las costas, dentro de tercero día, bajo los apercibimientos de las disposiciones citadas; y ordenar la custodia del documento por el señor Secretario del Tribunal.
OTROSI: Ruego a US. tener presente que designo Abogado patrocinante y confiero poder a don ............................, patente Nº..............., de la I. Municipalidad de .......... , inscripción. Nº............ R‑2, domiciliado en ........................ ........................... Nº........, oficina Nº...., de esta ciudad.
____________________
NOTA: Ver la Explicación sobre "Cheque".
    Al término de la copia del acta de protesto, deben detallarse las firmas y los timbres que forman parte del mismo.
    Debe tenerse presente que si el protesto es por cualquiera otra causa que no sea la falta de fondos (cuenta cerrada, orden de no pago, firma disconforme, mal extendido u otra), el artículo 33 de la Ley de Cheques preceptúa que, para su validez, debe aparecer, además, la firma del portador del cheque, al momento del protesto, en éste.
    El "portador" de un cheque depositado en una cuenta corriente bancaria, es el banco que lo lleva al canje; o sea, el banco en el cual se depositó el documento. Si el banco librado es el mismo en el cual se depositó (en otra cuenta) el cheque, según nuestra opinión y alguna jurisprudencia, basta una sola firma por el banco, que es la de su apoderado, representante, además, del portador.

    El "portador", asimismo, para nuestro parecer, es quien ‑en ese momento‑ es el dueño del cheque, igual que lo es el banco aquél; o mejor.

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