La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



sábado, 12 de diciembre de 2015

0887

Nº de Ingreso Corte:
Secretaría: Civil
Código: SOC 007 (Orden de no innovar)

Orden de no innovar

                       I. Corte

     ...................., por la parte apelante, don .........................., en autos sobre ..............., en procedimiento ................, en el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada(dante), del .....º Juzgado Civil de ésta, caratulados ".................... con ....................", Rol Nº....., de vuestro tribunal, a US.I., respetuosamente, digo:
     La sentencia de primer grado dictada por el Sr. Magistrado de aquel tribunal, me ha causado numerosos perjuicios, que están dichos en el recurso mismo.
     Agrego, ahora, al respecto, lo siguiente:
     a) ..................
     b) ..................
     c) ..................
     Solicito que US. I. se sirva dictar, en autos, una orden de no innovar, en el proceso, por la siguientes razones:
     1º Si se cumple la resolución referida, tales perjuicios serán, aún mayores.
     2º Además, en tal caso, el asunto será irreversible, debido a que, aunque US. hiciera lugar al recurso de autos, no habría cómo hacerme justicia. Efectivamente, ..........................
     3º Además, .........................................
     4º Por último, .....................................
                      POR TANTO,
RUEGO A US. I.: se sirva hacer lugar a la orden de no innovar, en la apelación de la causa individualizada, oficiando al efecto, al Sr. Juez a quo.

         
________________________
NOTA: Es importante destacar que, a veces, la orden de no innovar puede perjudicar al propio peticionario, debido a que, desde la resolución abusiva, han ocurrido actuaciones que cambian la cara del proceso.

     Por ello, en la parte expositiva y en la parte petitoria, convendrá, en su caso, aclarar el alcance, la extensión y a qué actuaciones debe afectar tal orden.

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