La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



domingo, 29 de noviembre de 2015

0283

Procedimiento: Ejecutivo
Materia: Otros (O06)
Demandante:
Rut:
Abogado patrocinante:
Rut:
Apoderado:
Rut:
Demandado:
Rut:

EN LO PRINCIPAL: demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo; EN EL PRIMER OTROSI: bienes para el embargo y depositario; EN EL SEGUNDO: acompaña documento con citación; y EN EL TERCERO: patrocinio y poder.

                 S. J. L. en lo Civil

..................., de profesión .........., domiciliado en ................... Nº......., en mi carácter de Administrador del Edificio ubicado en ................... Nº......., de esta ciudad, a US., respetuosamente, digo:
Consta de la copia de la escritura pública de fecha .... de ........... de 19...., ante el Notario de ..................,  don ............................., mi carácter de Administrador del Edificio en referencia.
Don ..................., de profesión ..................., propietario del departamento de habitación Nº.......... del ....º piso de dicho Edificio, domiciliado allí mismo, no ha pagado los gastos o servicios comunes correspondientes a su inmueble, adeudando, en la actualidad, los meses de ....., del año 199 ..., hasta ....... de este año; ........meses en total.
El detalle de los gastos comunes de su cargo, es el siguiente, según consta de la minuta que acompaño:
Mes de .............................  $ .............
Mes de .............................  $ .............
Mes de .............................  $ .............
Total                  $ .............
De acuerdo con el artículo ..... del Reglamento de Copropiedad del Edificio, que consta de la escritura pública de fecha ....... de .... de 19..., ante el Notario de ............., don .............., inscrita a fojas. ........ Nº....., del Registro de Hipotecas del Conservador de Bienes Raíces de ............... del año 19....., cada propietario está obligado a concurrir ‑mensualmente‑ por anticipado, dentro de los primeros ........ días de cada mes, al pago de las expensas comunes correspondientes a su propiedad. Dicho reglamento dispone, además, que se devengará un interés de .....% anual, en caso de simple retardo; y de .....% anual, en caso de mora.
Siendo la deuda líquida, actualmente exigible y no estando el título prescrito, deduzco la demanda ejecutiva correspondiente.
                      POR TANTO,
de acuerdo con lo expuesto y con lo que disponen los artículos 59 (16) del D.S. Nº 880, de 1963, del Ministerio de Obras Públicas, que refundió el texto de la Ley Nº 6.071, y 434 Nº 7º y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
RUEGO A US.: se sirva tener por interpuesta la presente demanda ejecutiva contra don ..................., ya individualizado, ordenando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $............. e intereses conforme al Reglamento citado, y ordenando que se siga adelante esta ejecución hasta hacer a mi parte íntegro pago de estas sumas, con costas.
PRIMER OTROSI: Ruego a US. tener presente que designo para la traba del embargo los bienes con que el deudor tiene guarnecido el departamento que habita, los que solicito que queden en su poder en calidad de depositario.
SEGUNDO OTROSI: Ruego a US. tener por acompañados, con citación, los siguientes documentos:
1º  Minuta de los gastos comunes adeudados, debidamente autorizada por el Administrador del Edificio.
2º  Escritura pública de fecha ...... de .... de 19..., ante el Notario don ..................., en que se contiene el Reglamento de Copropiedad, y en el que se acordaron las expensas comunes.
3º  Escritura pública de fecha .... de ...... de 19..., ante el Notario don ..................., en que consta el nombramiento de Administrador.
TERCER OTROSI: Ruego a US. tener presente que designo Abogado patrocinante y confiero poder a don ..................., inscripción Nº ......... R‑2, patente Nº.........., de la I. Municipalidad de ......... ................., domiciliado en ................... Nº......., oficina Nº.........., de esta ciudad.
         

_______________________

NOTA: Conforme al art. 19 del D. S. Nº 695, de 1971, del Ministerio de la Vivienda, publicado en el D. O. de 22 de diciembre de 1971, el Administrador puede solicitar a las empresas que suministran electricidad, agua potable o gas, el corte de los servicios a los departamentos cuyos gastos comunes se encuentren impagos. De este modo, el Reglamento de la ley de pisos otorga, al Administrador, una forma expedita para obtener el pago de los gastos insolutos, sin necesidad de recurrir a la vía judicial.

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