La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



lunes, 30 de noviembre de 2015

0363

EN LO PRINCIPAL: interpone demanda incidental de tercería de prelación; EN EL PRIMER OTROSI: acompaña título ejecutivo; y EN EL SEGUNDO: patrocinio y poder.

                 S. J. L. en lo Civil

...................., de profesión .........., domiciliado en .................... Nº...., en autos caratulados "........... con .........", a US., respetuosamente, digo:
Consta del título ejecutivo que acompaño, consistente en ...................., que soy acreedor del ejecutado de autos, don ...................., de profesión .........., domiciliado en ............... Nº....., por la suma de $.........., e intereses.
Dicha obligación es líquida, actualmente exigible y el título no está prescrito.
Del mismo documento, aparece que mi crédito está revestido de preferencia legal para el pago, en virtud de los hechos y disposiciones legales siguientes:
1º ....................................................
2º ....................................................
3º ....................................................
El ejecutante de autos, don ...................., de profesión .........., domiciliado en .................... Nº......, ha trabado embargo sobre bienes del ejecutado, afectando mi derecho de ser pagado preferentemente.
                      POR TANTO,
de acuerdo con lo dispuesto en los artículos .........., 80 y siguientes, 518 Nº 2, 521 y 527 del Código de Procedimiento Civil,
RUEGO A US.: se sirva tener por interpuesta demanda incidental de tercería de prelación en contra del ejecutante y del ejecutado de autos, don .................... y don ...................., representados por don ...................... y don.............., respectivamente, ya individualizados, en los escritos de demanda y de oposición; declarar mi derecho preferente al pago, y ordenar que mi crédito, ascendente a $....., sea solucionado con el producido de los bienes embargados, con preferencia al del ejecutante de autos, siguiéndose ‑esta ejecución‑ hasta hacérseme entero pago de dicha suma, intereses y costas.
PRIMER OTROSI: Ruego a US. tener por acompañado, con citación, el instrumento individualizado, en que consta mi crédito preferente, que constituye mi título ejecutivo.
SEGUNDO OTROSI: Ruego a US. tener presente que designo Abogado patrocinante y confiero poder a don ...................., patente Nº.........., de la I. Municipalidad de ............, Inscripción Nº.......... R‑2, domiciliado en .................... Nº.........., oficina Nº......, de esta ciudad.
          
_________________
NOTA: Si no se tiene la completa seguridad de ganar la incidencia de tercería de prelación, conviene interponer, subsidiariamente, tercería de pago.  En tal caso, se agregará un Otrosí del tenor siguiente: "PRIMER OTROSI: En subsidio de lo principal y para el caso de que dicha solicitud no fuera acogida, sírvase US. tener por presentada demanda incidental de tercería de pago en contra de las mismas personas; y, en definitiva, decretar que tengo derecho de concurrir al pago de mi crédito, ascendente a $.........., a prorrata con el ejecutante, sobre los bienes embargados en autos; y seguir esta ejecución hasta hacérseme pago, en la forma dicha, de la cuota del capital adeudado e intereses, con costas".

     En tal caso, "se corren" las peticiones y el primer otrosí de la solicitud anterior, pasa a ser segundo; y el segundo pasa a ser tercero.

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