La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



lunes, 30 de noviembre de 2015

0345

Procedimiento: Ordinario
Materia: Resolución de contrato (R15)
Demandante:
Rut:
Abogado patrocinante:
Rut:
Apoderado:
Rut:
Demandado:
Rut:

EN LO PRINCIPAL: demanda ordinaria; EN EL PRIMER OTROSI: acompaña documentos, con citación y apercibimiento; y EN EL SEGUNDO: patrocinio y poder.

                 S. J. L. en lo Civil

    ...................., de profesión .........., domiciliado en .................... Nº....., a US., respetuosamente, digo:
Demando a don ...................., de profesión .........., domiciliado en .................... Nº....., a fin de que US. declare ‑en definitiva‑ resuelto, con indemnización de perjuicios, el contrato de ........... celebrado con el demandado, por escritura de fecha .... de ............. de 19...., ante el Notario de .................., don ............................, de esta ciudad.
En efecto, mediante dicho contrato, las partes nos comprometimos a .............................., sin que, hasta la fecha, y pese a los requerimientos hechos al demandado para que cumpla lo pactado, éste haya solucionado ................
En los contratos bilaterales, va envuelta la condición resolutoria de no cumplirse ‑por uno de los contratantes‑ lo pactado, pudiendo, el otro, pedir, a su arbitrio, el cumplimiento o la resolución del contrato, con indemnización de perjuicios.
En el caso de autos, el incumplimiento del contrato ‑por parte del demandado‑ me ha ocasionado los siguientes perjuicios: ..............................................
La cuantía de estos perjuicios es la suma de $ ............., según el siguiente detalle: ...................................
                      POR TANTO,
de acuerdo con lo expuesto y lo que disponen los artículos 1.489, 1.545, 1.556 y 1.558 y .......... del Código Civil, y 253 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
RUEGO A US.: se sirva tener por interpuesta demanda ordinaria de incumplimiento de contrato, en contra de don ........................................, ya individualizado y ‑en definitiva‑ declarar resuelto el contrato de .............., que consta de la escritura referida en lo principal y condenar al demandado a devolverme lo recibido y ‑además‑ pagarme la suma de $ .........., como indemnización de perjuicios; o la suma que US. se sirva fijar, más intereses y costas.
PRIMER OTROSI: Ruego a US. tener por acompañados, con citación y bajo el apercibimiento del artículo 346 Nº 3º del Código de Procedimiento Civil, los siguientes documentos:
    1.‑ ...................................................
    2.‑ ...................................................
SEGUNDO OTROSI: Ruego a US. tener presente que designo Abogado patrocinante y confiero poder a don ...................., inscripción Nº.......... R‑2, patente Nº............, de la I. Municipalidad de ........., domiciliado en ................... Nº........, oficina Nº......, de esta ciudad.

_______________________________
NOTA: Generalmente, se reserva la determinación de los perjuicios para la ejecución del fallo, a fin de circunscribir la litis a la resolución del contrato.
    En tal caso, se eliminará la petición concreta de avalúo de los perjuicios en una suma determinada, y se reservará esa determinación, tal como está pedido en la "Demanda Cumplimiento del Contrato, con Indemnización de Perjuicios.

    Ver Explicación sobre "Reajuste".

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