La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



sábado, 19 de mayo de 2012

Divorcio unilateral por cese de la convivencia

NN  Numerio Negidio

EN LO PRINCIPAL: Demanda de divorcio unilateral por cese de la convivencia; EN EL PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos; EN EL SEGUNDO OTROSÍ: Acuerdo completo y suficiente; EN EL TERCER OTROSÍ: Patrocinio y Poder


S.  J.  L. DE FAMILIA DE QUIRIHUE


_____________, chilena, casada, abogada, cédula nacional de identidad Nº con domicilio en Calle S----- N° 350, Torre C, Departamento 171, de la Comuna y Ciudad de Santiago, a US., con respeto, digo:

Que vengo en demandar de divorcio unilateral por cese de la convivencia a don ___, chileno, casado, pensionado, cédula nacional de identidad Nº 7.984.311-3, con domicilio en calle San Martín Nº 380, de la Comuna y Ciudad de Quirihue, conforme a lo preceptuado en el artículo 42 N° 4 en relación con el inciso tercero del artículo Nº 55, ambos de la Ley N° 19.947 sobre Matrimonio Civil, conforme a los fundamentos de hecho y de derecho que a continuación se exponen:

ANTECEDENTES DE HECHO

a. Consta del certificado de matrimonio que se acompaña en un otrosí de esta presentación, que con fecha 13 de junio de 1978, doña ______ y don _________, ambos en dicha fecha de diecinueve años de edad y con el consentimiento de sus padres, por tratarse de menores de edad, contrajeron Matrimonio en la Circunscripción de Ñuñoa, el cual quedó inscrito con el número 1.148 del Registro de Matrimonios del año 1978, bajo régimen de sociedad conyugal.

b. Que los cónyuges tuvieron un único hijo nacido el 20 de noviembre de 1978, que consta en el certificado de nacimiento que se acompaña en el primer otrosí de esta presentación, llamado_____, Run N°, actualmente de 33 años de edad.

c. Que los cónyuges se conocieron en febrero de 1978, se casaron en junio de 1978 y tuvieron su hijo en noviembre de 1978. Que la vida en común se realizó en casa de la madre del marido, y solamente duró hasta septiembre de 1980, debido a la violencia física y psicológica que el marido ejercía sobre la mujer cuando se embriagaba, a consecuencia del alcoholismo que lo afecta, por lo cual la mujer volvió al hogar paterno junto a su hijo que aún no cumplía 2 años.

d. Que desde esa fecha la mujer vivió y se hizo cargo de la manutención y educación del hijo en común, lo que finalizó con la emancipación del hijo, quien cursó en Chile hasta el último año de la carrera de Arquitectura en la Universidad Mayor, viajando en su calidad de estudiante universitario a Canadá para efectuar trabajos de verano, para posteriormente radicarse en ese país y finalmente contraer matrimonio allí.

e. La familia, por lo tanto, siempre se mantuvo conformada por la madre y su hijo, pues el marido no manifestó jamás la intención de ayudar en la crianza del hijo, ni siquiera en el aspecto afectivo a través de visitas. Tampoco se entabló una demanda de alimentos contra el marido, en atención a la imposibilidad de hacerlo debido al alcoholismo que hasta hoy padece, que lo llevó a vivir en muchas ciudades distintas del país, y que consecuentemente tornó su domicilio esporádico e impredecible

f. El marido, además, ha tenido una vida completamente independiente, con relaciones afectivas de las cuales han nacido diversos hijos, todos de diferentes madres, las que han asumido la manutención y educación de los mismos. Los certificados de nacimiento de cada uno de ellos serán acompañados en la etapa procesal pertinente, y

g. Que los cónyuges actualmente tienen 53 años de edad cada uno; que se casaron el 13 de junio de 1978 cuando eran menores de edad y tenían 19 años; que se separaron de hecho en septiembre de 1980 cuando ambos tenían 21 años, que jamás volvieron o tuvieron la intención de reanudar la vida en común, por lo que han vivido por 31 años y 9 meses en calidad de separados de hecho.

EL DERECHO

1. Conforme a lo dispuesto en el numeral 4º, del artículo 42, de la Ley Nº 19.947, Ley de Matrimonio Civil, el matrimonio termina, entre otras causas, por sentencia firme de divorcio.

2. El artículo 55 de la Ley Nº 19.947, de Matrimonio Civil, que en su inciso tercero señala “Habrá lugar también al divorcio cuando se verifique un cese efectivo de la convivencia conyugal durante el transcurso de, a lo menos, tres años,”.


POR TANTO,de acuerdo a lo expuesto, al mérito de autos, previas las gestiones establecidas en la ley, y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 4º, del Artículo 42, y en el inciso tercero del Artículo 55, ambos de la Ley Nº 19.947,  y demás normas que resulten aplicables,
RUEGO A U.S.,  tener por interpuesta demanda de divorcio del matrimonio celebrado entre doña ___________ y don _____________, acogerla a tramitación, y en definitiva, previo cumplimiento de los tramites legales de rigor, acoger la demanda declarando:

I. El divorcio entre los cónyuges por cese efectivo de la convivencia por más de tres años, y por lo tanto, terminado el matrimonio civil celebrado entre doña __________- y don____, por la causal contenida en el numeral 4º, del artículo 42, en concordancia con el inciso tercero del Artículo 55 de la Ley Nº 19.947, sobre Matrimonio Civil.

II. Que la sentencia definitiva, que así lo declare, se subinscriba al margen de la inscripción matrimonial Nº 1.148 del Registro de Matrimonios del año 1978, de la Circunscripción de Ñuñoa.


PRIMER OTROSI: Con el objeto de acreditar los hechos expuestos anteriormente, venimos en acompañar los documentos que se indican, sin perjuicio de ser ofrecidos en la oportunidad procesal pertinente, etapa en la que además me haré valer de todos los medios de prueba que permite la ley para respaldar mis dichos:

1. Certificado de Matrimonio Civil entre los comparecientes, celebrado el 13 de junio de 1978, en la circunscripción de ÑuÑoa, Registro N° 1.148 del año 1978, en régimen patrimonial de sociedad conyugal;
2. Certificado de nacimiento de ______________ único hijo nacido del matrimonio el 20 de noviembre de 1978, circunscripción de Providencia, Inscripción N° 3.778, Registro E, del año 1979.


SEGUNDO OTROSI: Ruego a US., tener presente, que esta parte renuncia a cualquier derecho que le otorgue la ley por concepto de compensación económica, así como por las pensiones alimenticias que se pudieron demandar cuando el hijo matrimonial las necesitó, ya que la vida en común de 2 años y 3 meses no generó lazos económicos o afectivos que hicieren necesario realizar un acuerdo completo y suficiente establecido en el inciso segundo, del Artículo 55, de la Ley Nº 19.947, de Matrimonio Civil, que tiene por finalidad regular la relación entre los cónyuges, y entre éstos y sus hijos, pues no ha existido relación alguna entre los cónyuges desde hace 31 años y 10 meses.


TERCER OTROSÍ: Ruego a US., se sirva tener presente que la demandante,, viene en otorgar patrocinio y poder en esta causa a los abogados habilitados para el ejercicio de la profesión, señores: AA , Cédula Nacional de Identidad N° correo electrónico y NN , Cédula Nacional de Identidad N°---, correo electrónico---, ambos con domicilio en calle ____, a quienes confiero poder para que obren con todas y cada una de las facultades individualizadas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, en la tramitación de la presente demanda de divorcio unilateral ante los Tribunales de Familia, y cualquier otra instancia necesaria para conseguir el divorcio solicitado.

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