La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



jueves, 15 de septiembre de 2011

Contrato de transacción

NN  Numerio Negidio

REPERTORIO Nº

 

CONTRATO DE TRANSACCIÓN

ENTRE

_____ Y OTROS

Y

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 EN SANTIAGO DE CHILE, a veintisiete de octubre de 2008, ante mí, JUAN KADIS HAIQUEL, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio en calle Gran Avenida José Miguel Carrera número dos mil quinientos treinta de la comuna de la Cisterna y ciudad de Santiago, comparecen: don  Aulio Agerio, chileno, soltero, cédula nacional de identidad ----- y dos guión ----, ejecutiva de ventas, domiciliada en calle Bilbao, número ocho mil diez, departamento número ciento cuarenta y uno, de la comuna de la Condes y ciudad de Santiago; don-NN Numerio Negidio, chileno, soltero, cédula nacional de identidad número -----guión k,  ejecutivo de ventas, domiciliado en-----------, de la comuna de Pedro Aguirre Cerda y ciudad de Santiago; don ----, chileno, soltero,  cédula nacional de identidad número doce millones ciento treinta y cuatro mil cuatrocientos nueve guión dos, ejecutivo de ventas, domiciliado en calle ----  número cuatro mil novecientos treinta y nueve, de la comuna de San Miguel y ciudad de Santiago; doña ----, chilena, soltera, cédula nacional de identidad número ------ guión cuatro, ejecutiva de ventas, domiciliada en calle Riquelme número quinientos veintisiete, de la comuna y ciudad de Santiago;  doña  -----, chilena, casada, cédula nacional de identidad número ----- guión dos, domiciliada en pasaje El Quillai cero dos mil cuatrocientos veintiséis de la comuna de San Bernardo y ciudad de Santiago, y  don -----, chileno, soltero, cédula nacional de identidad número ----- guión ocho, ejecutivo de ventas, domiciliado en calle Isla Picton número ----, comuna de Puente Alto y ciudad de Santiago, vienen en celebrar contrato de transacción con doña -----, chilena, casada y separada de bienes, empresaria, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos noventa y un mil novecientos diecinueve guión cuatro,  con domicilio en calle Catedral número  mil doscientos treinta y tres, comuna y ciudad de Santiago, todos mayores de edad, a quienes conozco por haberme acreditado sus identidades con las cédulas mencionadas, exponen: Que con esta fecha vienen en celebrar contrato de transacción que a continuación se indica y que se compone de las siguientes cláusulas. PRIMERO: Por este acto las partes de común acuerdo vienen en celebrar contrato de transacción, con fecha veintisiete de octubre de dos mil ocho, al cual las partes otorgan desde ya la calidad de titulo ejecutivo laboral perfecto, en atención a que este contrato contiene una obligación de dar, la cual es exigible, liquida y no esta prescrita, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo cuatrocientos sesenta y uno del Código del Trabajo, y cuatrocientos treinta y cuatro, número dos y siguientes del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Por el presente contrato las partes acuerdan lo siguiente: A)  A doña ------ se le adeuda, por parte de quien fuera su empleador, esto es, doña -----, la cantidad de catorce millones de pesos, por concepto de remuneraciones devengadas, comisiones, vacaciones, cotizaciones no declaradas y gratificaciones,  por la prestación de sus servicios en calidad de ejecutivo de ventas; a don ------ se le adeuda por parte de quien fuera su empleador, esto es, doña ----,  la cantidad de dieciocho millones de pesos, por concepto de remuneraciones devengadas, comisiones, vacaciones, cotizaciones no declaradas y gratificaciones, por la prestación de sus servicios en calidad de ejecutivo de ventas; a don ------ se le adeuda por parte de quien fuera su empleador, esto es,  ------, la cantidad de trece millones de pesos, por concepto de remuneraciones devengadas, vacaciones, cotizaciones no declaradas y gratificaciones, por la prestación de sus servicios en calidad de ejecutivo de ventas; a doña ------, se le adeuda por parte de quien fuera su empleador, esto es, -----, la cantidad de diez millones quinientos mil pesos, por concepto de remuneraciones devengadas, comisiones, vacaciones, cotizaciones no declaradas y gratificaciones,  por la prestación de sus servicios en calidad de ejecutiva de ventas; a doña ------,, se le adeuda por parte de quien fuera su empleador, esto es, doña -----, la cantidad de trece millones de pesos, por concepto de remuneraciones devengadas, vacaciones, cotización no declaradas y gratificaciones,  por la prestación de sus servicios en calidad de ejecutiva de ventas, y a don --------------, se le adeuda de parte quién fuera su empleador, esto es, doña  ------, la cantidad de catorce millones de pesos, por concepto de remuneraciones devengadas, comisiones, vacaciones, cotizaciones no declaradas y gratificaciones, por las prestación de sus servicios en calidad de ejecutivo de ventas. B) En este  acto doña  ------ en su calidad de ex empleador de las personas citadas,  reconoce la relación laboral que existió entre las partes a contar del año mil novecientos noventa y nueve al año  dos mil cinco, y a su vez, la deuda que mantiene con los trabajadores ya aludidos por la suma de ochenta y dos millones quinientos mil pesos, que corresponde a remuneraciones, cotizaciones no declaradas, comisiones, vacaciones, gratificaciones y horas extras. C) Con la finalidad de establecer la forma de pagar el dinero adeudado a cada uno de sus ex trabajadores, esto es, la suma de ochenta y dos millones quinientos mil pesos, es que las partes han acordado la modalidad de pago descrita en la cláusula siguiente. D) En este acto, doña -----, hace entrega de la cantidad de doce millones quinientos mil pesos a sus acreedores, los cuales reciben conforme y a entera satisfacción, dinero que se repartirá en cantidad proporcional y acorde a lo que se les adeuda. D1) Se establece que el saldo insoluto de la cantidad pactada de dinero, es decir, los setenta millones de pesos, se dividirán en veinte cuotas, iguales y sucesivas, de tres millones quinientos mil pesos cada una, que se pagarán mensualmente a las partes aludidas anteriormente, en proporción a sus créditos. D2) Se comenzará a pagar la primera cuota dentro de los primeros diez días del mes de noviembre de dos mil ocho, y las restantes diecinueve cuotas, todos los días cinco de cada mes, a contar del mes de diciembre de  dos mil ocho, y si este recayere en día sábado, domingo o festivo, el pago se realizará al día siguiente hábil. TERCERO: Se considerará vencido el plazo de todas las obligaciones que el deudor contrae por este contrato de transacción, en la cláusula SEGUNDA de este instrumento, pudiendo en consecuencia exigir los acreedores el pago total del monto adeudado, si: a) El deudor deja de pagar una o cualquiera de las obligaciones contenidas en este instrumento; b) Si retarda el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones emanadas de este contrato; c) Si es declarado en quiebra, o hace proposiciones de convenio con los acreedores, o si cae en notoria insolvencia, y d) Si enajena sus bienes a terceros o pierde su dominio, por cualquiera causa. Se reitera, la falta de cumplimiento oportuno, por parte de doña ------, en el pago de una cuota o cuotas, de  este contrato, conduce al  vencimiento anticipado de la obligación contraída de manera ipso facto; o sea, ésta debe pagar de inmediato el total de la obligación o el saldo. Sin perjuicio de lo anterior, queda entregado a la voluntad de los acreedores, el que puedan elegir cobrar ejecutivamente el total de la deuda; cobrar las cuotas devengadas, o aceptar pagos parciales, de modo que cada una de las cuotas a plazo, prescriba, en su caso, en el plazo legal, o a contar desde su propio vencimiento. CUARTO: El total de la obligación de que da cuenta esta transacción, es la suma de ochenta y dos millones quinientos mil pesos, de los cuales, doña ----- hace entrega en este acto, a los acreedores la cantidad de doce millones quinientos mil pesos en dinero efectivo, quienes reciben a entera satisfacción, por ende el saldo insoluto es de, setenta millones de pesos, que dividido por veinte cuotas, corresponde a cada mes la cantidad de tres millones quinientos mil pesos, que se dividirán entre los ex trabajadores en relación al monto adeudado. Para todos los efectos legales, es decir, exigir el cumplimiento forzado de la obligación contractual, los beneficiarios serán acreedores solidarios de doña -----, pudiendo cada uno exigir indistintamente  su cumplimiento. QUINTO: Los trabajadores se comprometen a retirar las demandas ya iniciadas, tendientes a exigir el cumplimiento de la obligación de que da cuenta este contrato, y  a la vez, renuncian a toda acción tendiente a exigir el pago de remuneraciones, cotizaciones no declaradas, vacaciones, gratificaciones y comisiones adeudadas según el caso, a doña ------,  sin perjuicio de poder iniciarlas nuevamente si la deuda no es cumplida oportunamente, es decir, en tiempo y forma, como lo señala la cláusula tercera de este instrumento. SEXTO: Para los efectos de este contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago, prorrogando la competencia para ante estos tribunales o los tribunales de la Quinta Región específicamente en los Tribunales de Cobranza Laboral y Previsional. En comprobante y previa lectura firman los comparecientes. Se da copia. DOY FE.    

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