La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



martes, 14 de julio de 2015

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USUFRUCTO. CONSTITUCION DE USUFRUCTO GRATUITO POR ACTO
ENTRE VIVOS.

     ... comparecen don ..................................., de nacionalidad ................, de profesión .............., de estado civil ............, domiciliado en ................ Nº......., cédula nacional de identidad Nº................; y don ........................................, de nacionalidad .........................., de profesión .........................., de estado civil .................., domiciliado en ................. ......... Nº ........, en adelante, el usufructuario, cédula nacional de identidad Nº ........................, ambos mayores de edad; y exponen:
PRIMERO: Don .............................. es dueño del inmueble ubicado en ................................. Nº...., de la comuna de .............., de la provincia de ..............., de la .....ª Región, que hubo por ............., de don ......................................., según escritura pública de fecha ..... de ...... de 19.., ante el Notario don ......................, de la ciudad de .........., inscrita a fs. ........ Nº .........., del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de ....... ....................., correspondiente al año 19 ....
     Los deslindes del predio son:
     Al Norte: .................................;
     Al Sur:  .................................;
     Al Oriente:   .................................;y
     Al Poniente:  .................................
SEGUNDO: Por el presente instrumento, don ....................... .................., cede y transfiere, gratuitamente y de por vida, al usufructuario, el usufructo sobre el predio individualizado en la cláusula anterior, en favor de don ........ ........................, quien lo acepta para sí.
     El cedente se reserva la nuda propiedad sobre el predio, con sus usos, costumbres, derechos y servidumbres, libre de todo gravamen, prohibición o embargo, salvo el referido usufructo.
TERCERO: El usufructo se constituye sobre el cuerpo cierto ya referido, que las partes conocen.
CUARTO: Las partes renuncian, en todo caso, a la acción resolutoria, que ‑eventualmente‑ pudiera corresponderles.
QUINTO: Se libera, al usufructuario, de la obligación de rendir caución de conservación y restitución; y de practicar inventario solemne.
SEXTO: Se prohíbe, expresamente, al usufructuario, el dar en arrendamiento o celebrar cualquier acto o contrato sobre la cosa fructuaria, sin autorización del dueño del predio. Se le prohíbe, asimismo, ejecutar los siguientes actos, en la siguiente forma: ....................
 ............................................................ ..
SEPTIMO: Son obligaciones del usufructuario, que se elevan a la calidad de esenciales, las siguientes:
     a)   ...............................................
     b)   ...............................................
     c)   ...............................................
     d)   ................................................
OCTAVO: Se faculta, al portador de copia autorizada de esta escritura, para requerir y firmar las inscripciones y subinscripciones que procedan.
NOVENO: Bastará la exhibición del certificado de defunción del usufructuario, para que el Conservador de Bienes Raíces correspondiente cancele la inscripción del presente usufructo. Se faculta al portador de copia autorizada de esta escritura y del certificado mencionado, para, requerir, en tal caso, el alzamiento o cancelación del usufructo pactado.

     En comprobante firman ........

         
_________________________________________________________


NOTA:  El usufructo sobre bienes raíces debe constar de escritura pública e inscribirse; pero el usufructo de bienes muebles es consensual.

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