La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



viernes, 12 de diciembre de 2014

0883 nulidad procesal

Tipo de Recurso: Apelación incidente
Código: CI 01
Parte recurrente:
Nombre Abogado:
Rut:
Documentos: Sin documentos

Formula incidente.

                       I. Corte

     ...................., Procurador del Número, por la parte del demandante(dado) don .................., en autos sobre ...................., en procedimiento .........., caratulados ".................... con ....................", a US. I., respetuosamente, digo:
     Formulo incidente, en alzada.
     Con fecha ... de .............. de 199.., he tomado conocimiento del siguiente vicio procesal: ......................................................
     Dentro del plazo de cinco días, formulo incidente al respecto y solicito que se declare nula la actuación que consiste en ..............................., que rola a fs. ......, de autos.
     Fundo, tal abrogación, en la disposición del art. ...... del Código de Procedimiento Civil y en la norma del art. ......, de la Ley Nº......, que dispone ..........................
     Tal resolución y la actuación toda, me ha causado y me sigue causando los siguientes perjuicios:
     1.‑ .................................................
     2.‑ .................................................
     La forma de solucionar tal actuación y resolución viciadas, es mediante la declaración de nulidad de ambas.
                      POR TANTO,
y de acuerdo, también, con lo dispuesto por el artículo 82 y 83 (y 84, en su caso), del Código Adjetivo Civil,

RUEGO A US.I: se sirva declarar nula tal actuación corriente a fs........... y todo lo obrado con posterioridad, que tiene conexión con el acto nulo, con costas de este artículo.

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