3).-Juicios ejecutivos.
1).-Los juicios ejecutivos, de dar, hacer o no hacer;
Desde 20 UF., sean principales o Incidentales.
2).- Notificación de Protestos:
Desde 10 UF.
3)-Pago por consignación.
Desde 15 UF; en la calificación de la suficiencia se aplicarán las reglas del Juicio Ordinario.
4).- Preparación de la vía ejecutiva:
a) Si no tiene resultados: desde 10 UF a todo evento.
b) Si queda preparada la vía ejecutiva:
Las mismas reglas del juicio ejecutivo; esto es 20 UF como mínimo.
c) Si queda preparada la vía ejecutiva pero no se obtiene:
10 UF del honorario del juicio ejecutivo como mínimo;
5). Si se obtiene pago o acreencia:
Con la preparación de la vía ejecutiva:
Desde 15 UF.
6). Tercerías en general:
a) De dominio:
Desde 15 UF.
b) Prelación o pago:
Del 10 al 15% de lo que obtenga el cliente.
A house divided, hay que pagar por servicios personales como profesional del derecho
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