La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



miércoles, 20 de julio de 2011

Contrato de trabajo servicio doméstico puerta afuera

Aldo Ahumada Chu Han



CONTRATO DE TRABAJO TRABAJADORA DE CASA PARTICULAR
(puertas afuera)





En .............., a … … de ... ... ... ... ... ... ... de 200.., don(ña) ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ..., chileno(a), de profesión … … … … … … … …, estado civil…………… cédula nacional de identidad N° ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ..., domiciliado(a) en ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... N° … …, comuna de ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... , en adelante "EL EMPLEADOR"; y doña ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ..., chilena, asesora del hogar, estado civil ………………, fecha de nacimiento ……… de …………………… de ……………,cédula nacional de identidad N° ... ... ... ... ... ... ... ... ..., domiciliada en ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... N° ……, comuna de ... ... ... ... ... ... ... ... ... ..., en adelante "LA TRABAJADORA", se ha convenido el siguiente contrato laboral:

PRIMERO

Naturaleza de los servicios. La trabajadora se compromete a realizar los trabajos generales de casa, aseo, cocina, lavado, planchado o cualquiera otra labor doméstica que le encomiende el empleador o los demás miembros de la familia, excluidos los trabajos de jardinería. La TRABAJADORA realizará este trabajo "puertas afuera", puesto que no vivirá en el domicilio de la empleadora sino que en el suyo propio.

SEGUNDO

Lugar. La TRABAJADORA deberá prestar sus servicios en calle ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... N° … …, comuna de ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ..... Sin embargo, EL EMPLEADOR podrá destinarla, excepcionalmente, a cualquiera de las casas de sus parientes próximos, cuando sea menester.

TERCERO

Jornada. La jornada de trabajo será, de lunes a viernes, entre las...... y las ..............horas y el sábado entre las .......... y las ........... horas en forma continua.

CUARTO

Remuneración. La remuneración de LA TRABAJADORA será un sueldo base mensual de $ ..........................(................pesos), por mes calendario, que será liquidada y pagada por períodos vencidos, en el domicilio de la empleadora, el día..........de cada mes. De la remuneración se deducirán las cotizaciones de previsión o seguridad social, y las obligaciones que se deban a los Institutos de Previsión e Isapres.
Todo, sin perjuicio de los anticipos de remuneración, dentro de cada período, que acuerden las partes y descontando el tiempo no trabajado debido a inasistencias, permisos y atrasos.

QUINTO

Obligaciones de la trabajadora. Son obligaciones esenciales de LA TRABAJADORA, cuya
infracción las partes entienden como causa justificada de terminación inmediata del presente
contrato, las siguientes:
· Cumplir íntegramente, la jornada de trabajo y mantener el orden y limpieza general de la casa.
· Cuidar y mantener, en perfecto estado de conservación, los bienes del empleador o de su familia.
· Cumplir las instrucciones y las órdenes que le imparta EL EMPLEADOR, su cónyuge o cualquier miembro de la familia.
· Trabajar horas extraordinarias cada vez que, por razones especiales, EL EMPLEADOR lo determine, las que serán pagadas con recargo de un 50%. La negativa de cumplir esta obligación se entenderá como negativa, por parte de la trabajadora, de desempeñar su labor y como incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato.
· En caso de inasistencia al trabajo, por enfermedad, la trabajadora deberá justificarla únicamente con el correspondiente certificado médico, otorgado por un facultativo, dentro del plazo de 48 horas desde que dejó de asistir a sus labores; y
· Presentarse a trabajar, cada día, en perfecto estado de aseo, manteniendo su uniforme y persona limpios. 

SEXTO

Extensión de los servicios. La TRABAJADORA respetará a cada una de las personas de la familia, y éstas harán lo propio. Cuidará la seguridad de la casa en que trabaja y no permitirá la entrada de ninguna persona extraña a la familia, aunque sean parientes, amigos o conocidos de la trabajadora, sin la debida autorización de algún miembro mayor de edad de la familia.

SÉPTIMO

Deberes de la trabajadora. La TRABAJADORA se obliga a desarrollar su trabajo con el debido cuidado, evitando comprometer la seguridad y la salud de las personas y tendrá especial consideración de cuidar la naturaleza y el medio ambiente. La infracción o incumplimiento de cualquiera de las obligaciones antes mencionadas se estimará como incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato y, cuando proceda, el EMPLEADOR se reserva el derecho de declarar el término de la convención, sin indemnización alguna.
Se prohibe a la trabajadora ejecutar los siguientes actos:
· Cualquier acto que implique falta de honestidad y honradez de su parte.
· La comunicación a terceros extraños a la familia de hechos, actos o cosas que ocurran o se encuentren al interior de la casa donde deba prestar sus servicios.

OCTAVO

Plazo. De acuerdo a la ley, las dos primeras semanas de vigencia del presente contrato serán de prueba, pudiendo resolverse el contrato por voluntad de cualquiera de las partes, siempre que se dé un aviso con a lo menos tres días de anticipación y que se pague el tiempo servido.

NOVENO

Ingreso. Se deja constancia que la TRABAJADORA ingresó al servicio del empleador con fecha..............de 200….

DÉCIMO



Firma y copia. El presente contrato se firma en dos ejemplares, declarando la TRABAJADORA haber recibido uno de ellos y que éste es fiel reflejo de la relación laboral existente entre las partes.

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