La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



sábado, 6 de octubre de 2012

REPOSICIÓN; EN EL OTROSÍ: APELACIÓN SUBSIDIARIA;

NN  Numerio Negidio


EN LO PRINCIPAL: REPOSICIÓN; EN EL OTROSÍ: APELACIÓN SUBSIDIARIA;  
S.J.L 

 Aulo Agerio, Abogado por parte ejecutante en autos _________ ya individualizado en la presuma de esta presentación, a US., respetuosamente digo:  

Que estando dentro de plazo,    por este acto vengo en deducir reposición, en contra de la resolución  del tribunal de fecha _ de este año, a foja ___ del cuaderno de _________, basado en las siguientes antecedentes de hecho y consideraciones de derecho que paso a exponer:


POR TANTO, 
RUEGO A US., tener por interpuesto reposición en contra de la resolución de fecha____del año en curso, acogerla y en definitiva declarar ____, todo en virtud de lo que estatuye el articulo 181 del Código de Procedimiento Civil.  

OTROSÍ: RUEGO A US., tener presente que en el evento,  poco probable que muestra reposición deducido en lo principal de esta presentación, no sea acogido,  en subsidio apelamos, con los mismos antecedentes y relato de lo principal, que por una cuestión de economía procesal, no se trascriben, por ende, desde ya solicitamos que se eleven estos autos al tribunal de alzada, para que aquel conocimiento de este recurso enmiende conforme a derecho la resolución recurrida, todo en virtud de lo que estatuye el articulo 188 del Código de Procedimiento Civil.      

ACEPTACIÓN DE PATROCINIO Y PODER

NN  Numerio Negidio



JUZGADO :
CARATULADO :
 ROL :
CUADERNO : PRINCIPAL 

ACEPTACIÓN DE PATROCINIO Y PODER

S. J. L. EN LO CIVIL 1° DE SANTIAGO.

FRANCO GONZÁLEZ FORTUNATTI, Abogado de la parte demandada en autos ejecutivos ya individualizados en la presuma de esta presentación, A SS., con respeto digo: 
Que vengo en aceptar el patrocinio y poder otorgado, por doña----, y cumplo lo ordenado  por resolución de fecha 8 de septiembre de 2020, 
 POR TANTO,
RUEGO A SS., se sirva tener por cumplido lo ordenado.

Patrocinio y poder

NN  Numerio Negidio

PATROCINIO Y PODER

1° JUZGADO CIVIL DE PUENTE ALTO 

NN Nulio Negilio , en representación legal de la empresa Sociedad, en los autos ya individualizados en la presuma de esta presentación a SS., con respeto digo y pido: 

 Con fecha 17 del 11 de 2017 a fojas 54, SS., tuvo por ratificado todo lo obrado en estos autos por el abogado C G F, y en virtud de ello, y con la finalidad de dar certeza a las futuras actuaciones del abogado en referencia, a través de este acto vengo en darle patrocinio y poder amplio, es decir, con ambos incisos del artículo Séptimo del Código de enjuiciamiento, sin perjuicio, que SS., al momento de tomar conocimiento de la cesión de los derechos litigiosos, en el otrosí de aquella presentación, el abogado antes mencionado le hizo ver a este tribunal que seguiría tramitando estos autos en su calidad de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, y, el tribunal resolvió Téngase presente

POR TANTO  
 RUEGO A SS., tenerlo presente el patrocinio y poder otorgado en este acto al abogado habilitado para el ejercicio de la profesión don C G. Con domicilio para estos efectos en calle , de la comuna y ciudad de Santiago. 


Curso progresivo de autos

NN  Numerio Negidio


JUZGADO                       : 1° LETRAS DE SAN ANTONIO
 ROL                                  : C-1559-2016
CARATULADO            : PIÑA /
MATERIA                      : AGUA
CURSO PROGRESIVO.
S.J.L. DE SAN ANTONIO. (1°)

NN Nulio Negilio , Abogado por el solicitante en autos ya individualizados en la presuma de esta presentación, a US., pido:

Que, atendido el estado procesal de la causa, vengo en solicitar que se dé curso progresivo a estos autos, es decir, que se resuelva la petición presentada el 4 agosto de 2017 por esta parte;  ya que se ha cumplido lo ordenado por tribunal, es decir se ha certificado por el secretario del juzgado, que el termino probatorio ya se encuentra vencido,

 POR TANTO, de conformidad al artículo 3 y 177 y siguientes del Código de Aguas y demás normas legales complementarias,

RUEGO A US., acceder a lo solicitado. 

miércoles, 3 de octubre de 2012

Objeta evaluó de bienes para el remate (Evaluó fiscal de bienes )

NN  Numerio Negidio

CUADERNO                         : APREMIO.
EN LO PRINCIPAL: HACE USO DE CITACIÓN Y SOLICITA LO QUE INDICA; OTROSÍ: OBJETA MÍNIMO PROPUESTO Y SOLICITA TASACIÓN.
S.  J.  L. EN LO CIVIL 16º DE SANTIAGO.

NN  Numerio Negidio, Abogada por la parte demandada en autos ejecutivos ya individualizados en la presuma de esta presentación, a US., respetuosamente, digo:

Que, estando dentro de plazo de citación, vengo en objetar los avalúos fiscales de las propiedades en referencia, en el entendido, que, no dan cuenta del precio real o comercial de venta, quiero decir, de ser subastada teniendo sólo el certificado de avalúo como documento fundante, le causaría un perjuicio a esta parte, innecesario.
SS., de conformidad a lo que estatuye artículo 486 del CPC, “La tasación será la que figure el rol de avaluó que esté vigente para los efectos de las contribuciones de haberes, a menos que el ejecutado solicite que haga una nueva tasación.” es por ello por lo que, pido derechamente se efectué una nueva tasación de los bienes embargados, de conformidad a la ley,


POR TANTO,
RUEGO A US., Acceder a lo solicitado, teniendo presente los fundamentos de hecho y de derecho, especialmente el artículo 486 del Código de Procedimiento Civil.

OTROSÍ: SS., en relación con la citación concedida en mismo escrito de fecha cinco de abril de 2019, esta parte hace objeción a la pretensiones de la contraria, teniendo como fundamento los mismos hechos y el derecho expresado en lo principal de esta presentación, es decir, los valores de los inmuebles en referencia, que da cuenta el certificado de avaluó, no se condice con la realidad, los precios de las propiedades en el centro de Santiago, superan con creses el mínimo propuesto por la ejecutante es por ello que solicito derechamente a SS., de conformidad a lo que estatuye artículo 486 del CPC, “La tasación será la que figure el rol de avaluó que esté vigente para los efectos de las contribuciones de haberes, a menos que el ejecutado solicite que haga una nueva tasación.”  se efectué una nueva tasación de los bienes embargados, de conformidad a la ley,

POR TANTO
RUEGO A SS., acceder a lo solicitado decretando se efectúe una nueva tasación de los inmuebles en referencia, de acuerdo con lo que estatuye el artículo 486 del Código de Procedimiento Civil.

Solicitud que indica (Exhorto ya diligenciado)

NN  Numerio Negidio

SOLICITUD QUE INDICA
S. J. L.  2º DE QUILLOTA.
            AA Aulio Agerio, Abogado por la parte solicitante en autos ejecutivos  ya individualizado en la presuma de  esta presentación, a US., pido:

            Teniendo presente que este exhorto ya fue diligenciado, solicito que sea devuelto a su tribunal de origen.

            POR TANTO, de conformidad al articulo 70 y siguiente del CPC

            RUEGO A US., acceder a lo solicitado. 

Solicitud de copia de audio de audiencia penal

NN  Numerio Negidio

SOLICITUD QUE SE INDICA

S. J.L. DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO.


NN  Numerio Negidio , Abogado, e imputado por el presunto delito de prevaricación en autos ordinario, RIT:--, a SS., con respeto digo y pido:

Que, vengo en solicitar copia audio de la audiencia realizada el lunes tres de junio del presente. 
POR TANTO
RUEGO A US., acceder a lo solicitado.