La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



lunes, 1 de julio de 2013

Gestión Preparatoria de la Vía Ejecutiva de Cheque

NN  Numerio Negidio


Procedimiento                 : Gestión Preparatoria de la Vía Ejecutiva 
Materia                            : Notificación de Protesto de Cheque 
Demandante                    
RUT                                  : 
Abogado Patrocinante 
y Apoderado                    :  
RUT                                  : 
Todos domiciliados en      : 
Demandado                     
 Rut                                 :
Representante Legal         
Cédula de Identidad         :
Domiciliados                 

 EN LO PRINCIPAL: Preparación de la vía ejecutiva; EN EL PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos y solicita custodia; EN EL SEGUNDO OTROSÍ: Patrocinio y poder.


S. J. L. EN LO CIVIL DE SANTIAGO. 


C A G F, chileno, abogado, cédula nacional de identidad número 7.665.763-7, en virtud del patrocinio y poder que se me ha otorgado en el segundo otrosí de esta presentación por don C E S A, chileno, empresario, cédula de identidad número 7.222.097-8, ambos domiciliados para estos efectos en calle Amunátegui 86, Oficina 807, Comuna y Ciudad de Santiago, a US. con respeto digo: 

Don C E S A tiene en su poder doce (12) cheques de la cuenta corriente número 68075920 del Banco Santander Chile, cuyo titular es BEST HEALTH SpA, BEST HEALTH SpA, representada legalmente por don EDMUNDO LUIS GARCÍA VARGAS, cédula de identidad número 3.558.541-9, chileno, impresario, cuyo domicilio registrado en dicho banco es Manquehue Sur 520, Oficina 405, Las Condes, Ciudad de Santiago, series números: 503 por $5.050.000 (Cinco millones cincuenta mil pesos); 501 por $5.050.000 (Cinco millones cincuenta mil pesos); 504 por $5.150.000 (Cinco millones ciento cincuenta mil pesos); 479 por $4.140.000 (Cuatro millones ciento cuarenta mil pesos); 464 por $4.960.000 (Cuatro millones novecientos sesenta mil pesos); 480 por $4.140.000 (Cuatro millones ciento cuarenta mil pesos); 465 por $4.960.000 (Cuatro millones novecientos sesenta mil pesos); 481 por $4.140.000 (Cuatro millones ciento cuarenta mil pesos); 495 por $5.400.000 (Cinco millones cuatrocientos mil pesos); 482 por $4.140.000 (Cuatro millones ciento cuarenta mil pesos); 493 por $4.140.000 (Cuatro millones ciento cuarenta mil pesos), y 484 por $4.300.000 (Cuatro millones trescientos mil pesos), que presentados a cobro ante la correspondiente institución bancaria no fueron pagados por tener todos Orden de No Pago y Firma Disconforme, tal como consta en timbre estampado en cada cheque y conforme se indica en las actas de protesto que a continuación se transcriben:

 1. “ACTA DE PROTESTO CUENTA CORRIENTE: 68075920 SERIE: 503 MONTO $5.050.000 EL BANCO SANTANDER CHILE NO PAGA EL PRESENTE CHEQUE, PERTENECIENTE A: BEST HEALTH SPA SUSCRITO EN SU REPRESENTACIÓN POR EL (LOS) SR. (S) …DOMICILIO REGISTRADO EN EL BANCO: MANQUEHUE SUR 520 OFICINA 405, LAS CONDES, LAS CONDES. POR FIRMA DISCONFORME. EN SANTIAGO A LAS 14:01 HORAS DEL 22/09/2021 p.p. BANCO SANTANDER CHILE”. 

2. “ACTA DE PROTESTO CUENTA CORRIENTE: 68075920 SERIE: 501 MONTO $5.050.000 EL BANCO SANTANDER CHILE NO PAGA EL PRESENTE CHEQUE, PERTENECIENTE A: BEST HEALTH SPA SUSCRITO EN SU REPRESENTACIÓN POR EL (LOS) SR. (S) …DOMICILIO REGISTRADO EN EL BANCO: MANQUEHUE SUR 520 OFICINA 405, LAS CONDES, LAS CONDES. POR FIRMA DISCONFORME. EN SANTIAGO A LAS 14:01 HORAS DEL 22/09/2021 p.p. BANCO SANTANDER CHILE”.

 3. “ACTA DE PROTESTO CUENTA CORRIENTE: 68075920 SERIE: 504 MONTO $5.150.000 EL BANCO SANTANDER CHILE NO PAGA EL PRESENTE CHEQUE, PERTENECIENTE A: BEST HEALTH SPA SUSCRITO EN SU REPRESENTACIÓN POR EL (LOS) SR. (S) …DOMICILIO REGISTRADO EN EL BANCO: MANQUEHUE SUR 520 OFICINA 405, LAS CONDES, LAS CONDES. POR FIRMA DISCONFORME. EN SANTIAGO A LAS 14:01 HORAS DEL 22/09/2021 p.p. BANCO SANTANDER CHILE”. 

4. “ACTA DE PROTESTO CUENTA CORRIENTE: 68075920 SERIE: 479 MONTO $4.140.000 EL BANCO SANTANDER CHILE NO PAGA EL PRESENTE CHEQUE, PERTENECIENTE A: BEST HEALTH SPA SUSCRITO EN SU REPRESENTACIÓN POR EL (LOS) SR. (S) …DOMICILIO REGISTRADO EN EL BANCO: MANQUEHUE SUR 520 OFICINA 405, LAS CONDES, LAS CONDES. POR FIRMA DISCONFORME. EN SANTIAGO A LAS 14:01 HORAS DEL 22/09/2021 p.p. BANCO SANTANDER CHILE”.

 5. “ACTA DE PROTESTO CUENTA CORRIENTE: 68075920 SERIE: 464 MONTO $4.960.000 EL BANCO SANTANDER CHILE NO PAGA EL PRESENTE CHEQUE, PERTENECIENTE A: BEST HEALTH SPA SUSCRITO EN SU REPRESENTACIÓN POR EL (LOS) SR. (S) …DOMICILIO REGISTRADO EN EL BANCO: MANQUEHUE SUR 520 OFICINA 405, LAS CONDES, LAS CONDES. POR FIRMA DISCONFORME. EN SANTIAGO A LAS 14:01 HORAS DEL 22/09/2021 p.p. BANCO SANTANDER CHILE”. 

6. “ACTA DE PROTESTO CUENTA CORRIENTE: 68075920 SERIE: 480 MONTO $4.140.000 EL BANCO SANTANDER CHILE NO PAGA EL PRESENTE CHEQUE, PERTENECIENTE A: BEST HEALTH SPA SUSCRITO EN SU REPRESENTACIÓN POR EL (LOS) SR. (S) …DOMICILIO REGISTRADO EN EL BANCO: MANQUEHUE SUR 520 OFICINA 405, LAS CONDES, LAS CONDES. POR FIRMA DISCONFORME. EN SANTIAGO A LAS 14:01 HORAS DEL 22/09/2021 p.p. BANCO SANTANDER CHILE”. 

7. “ACTA DE PROTESTO CUENTA CORRIENTE: 68075920 SERIE: 465 MONTO $4.960.000 EL BANCO SANTANDER CHILE NO PAGA EL PRESENTE CHEQUE, PERTENECIENTE A: BEST HEALTH SPA SUSCRITO EN SU REPRESENTACIÓN POR EL (LOS) SR. (S) …DOMICILIO REGISTRADO EN EL BANCO: MANQUEHUE SUR 520 OFICINA 405, LAS CONDES, LAS CONDES. POR FIRMA DISCONFORME. EN SANTIAGO A LAS 14:01 HORAS DEL 22/09/2021 p.p. BANCO SANTANDER CHILE”. 

8. “ACTA DE PROTESTO CUENTA CORRIENTE: 68075920 SERIE: 481 MONTO $4.140.000 EL BANCO SANTANDER CHILE NO PAGA EL PRESENTE CHEQUE, PERTENECIENTE A: BEST HEALTH SPA SUSCRITO EN SU REPRESENTACIÓN POR EL (LOS) SR. (S) …DOMICILIO REGISTRADO EN EL BANCO: MANQUEHUE SUR 520 OFICINA 405, LAS CONDES, LAS CONDES. POR FIRMA DISCONFORME. EN SANTIAGO A LAS 14:01 HORAS DEL 22/09/2021 p.p. BANCO SANTANDER CHILE”. 

9. “ACTA DE PROTESTO CUENTA CORRIENTE: 68075920 SERIE: 495 MONTO $5.400.000 EL BANCO SANTANDER CHILE NO PAGA EL PRESENTE CHEQUE, PERTENECIENTE A: BEST HEALTH SPA SUSCRITO EN SU REPRESENTACIÓN POR EL (LOS) SR. (S) …DOMICILIO REGISTRADO EN EL BANCO: MANQUEHUE SUR 520 OFICINA 405, LAS CONDES, LAS CONDES. POR FIRMA DISCONFORME. EN SANTIAGO A LAS 14:01 HORAS DEL 22/09/2021 p.p. BANCO SANTANDER CHILE”. 

10. “ACTA DE PROTESTO CUENTA CORRIENTE: 68075920 SERIE: 482 MONTO $4.140.000 EL BANCO SANTANDER CHILE NO PAGA EL PRESENTE CHEQUE, PERTENECIENTE A: BEST HEALTH SPA SUSCRITO EN SU REPRESENTACIÓN POR EL (LOS) SR. (S) …DOMICILIO REGISTRADO EN EL BANCO: MANQUEHUE SUR 520 OFICINA 405, LAS CONDES, LAS CONDES. POR FIRMA DISCONFORME. EN SANTIAGO A LAS 14:01 HORAS DEL 22/09/2021 p.p. BANCO SANTANDER CHILE”. 

11. “ACTA DE PROTESTO CUENTA CORRIENTE: 68075920 SERIE: 493 MONTO $4.140.000 EL BANCO SANTANDER CHILE NO PAGA EL PRESENTE CHEQUE, PERTENECIENTE A: BEST HEALTH SPA SUSCRITO EN SU REPRESENTACIÓN POR EL (LOS) SR. (S) …DOMICILIO REGISTRADO EN EL BANCO: MANQUEHUE SUR 520 OFICINA 405, LAS CONDES, LAS CONDES. POR FIRMA DISCONFORME. EN SANTIAGO A LAS 14:01 HORAS DEL 22/09/2021 p.p. BANCO SANTANDER CHILE”. 

12. “ACTA DE PROTESTO CUENTA CORRIENTE: 68075920 SERIE: 484 MONTO $5.150.000 EL BANCO SANTANDER CHILE NO PAGA EL PRESENTE CHEQUE, PERTENECIENTE A: BEST HEALTH SPA SUSCRITO EN SU REPRESENTACIÓN POR EL (LOS) SR. (S) …DOMICILIO REGISTRADO EN EL BANCO: MANQUEHUE SUR 520 OFICINA 405, LAS CONDES, LAS CONDES. POR ORDEN DE NO PAGO EXTRAVÍO. EN SANTIAGO A LAS 14:01 HORAS DEL 22/09/2021 p.p. BANCO SANTANDER CHILE”. 

SS., con la finalidad de preparar la vía ejecutiva y perfeccionar los títulos, solicito derechamente que se ordene la notificación de los protestos al girador, para que dentro del plazo que le concede la ley, consigne el capital intereses y costas, o haga uso de los derechos o acciones que le franquea el Decreto Ley Nº 707 de Cuentas Corrientes, artículo 22 y siguientes, en relación con el artículo 467 del Código Penal, los que se transcriben en lo pertinente: 

“Artículo 22.- El librador deberá tener de antemano fondos o créditos disponibles suficientes en cuenta corriente en poder del Banco librado. El librador que girare sin este requisito o retirare los fondos disponibles después de expedido el cheque, o girare sobre cuenta cerrada o no existente, o revocare el cheque por causales distintas de las señaladas en el artículo 26, y que no consignare fondos suficientes para atender al pago del cheque, de los intereses corrientes y de las costas judiciales, dentro del plazo de tres días contados desde la fecha en que se le notifique el protesto, será sancionado con las penas de presidio indicadas en el artículo 467 del Código Penal, debiendo aplicarse las del N° 3), aun cuando se trate de cantidades inferiores a las ahí indicadas.”. 

“Artículo 26.- Si el librador avisare por escrito o por cualquier otro medio fidedigno determinado por la Superintendencia al librado que no efectúe el pago de un cheque, éste se abstendrá de hacerlo; pero si el aviso se diere después de estar pagado, el librado quedará exento de toda responsabilidad. Para los efectos del aviso del librador a que se refiere el inciso anterior, los bancos deberán proveer servicios de comunicación que permitan al librador su acceso gratuito durante las veinticuatro horas del día y todos los días del año. Los bancos habrán de entregar, en el acto de su registro, un número o código de recepción del aviso antes referido, con indicación de la fecha y hora de su recepción. La orden de no pagar el cheque puede ser dada por el librador solamente en los siguientes casos: 1°.- Cuando la firma del librador hubiere sido falsificada; 2°.- Cuando el cheque hubiere sido alterado con respecto a la suma o a la persona del beneficiario, con posterioridad a la emisión; 3°.- Cuando el cheque hubiere sido perdido, hurtado o robado. Se observará en tales casos lo dispuesto en el artículo 29.”. 

Conforme a las normas citadas, BEST HEALTH SpA, representada legalmente por don EDMUNDO LUIS GARCÍA VARGAS, al dar orden de no pago, tal como consta por timbre “ORDEN DE NO PAGO” en cada uno de los doce (12) cheques presentados a cobro, sin que se cumpliese lo consignado en el artículo 29 del DFL N° 707, lo sitúa en calidad de autor del delito de estafa contemplado en el artículo 467 del Código Penal que se transcribe: 

“Artículo 467.- El que defraudare a otro en la sustancia, cantidad o calidad de las cosas que le entregare en virtud de un título obligatorio, será penado: 1.º Con presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de once a quince unidades tributarias mensuales, si la defraudación excediera de cuarenta unidades tributarias mensuales. 2.º Con presidio menor en su grado medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales, si excediere de cuatro unidades tributarias mensuales y no pasare de cuarenta unidades tributarias mensuales. 3.º Con presidio menor en su grado mínimo y multa de cinco unidades tributarias mensuales, si excediere de una unidad tributaria mensual y no pasare de cuatro unidades tributarias mensuales. Si el valor de la cosa defraudada excediere de cuatrocientas unidades tributarias mensuales, se aplicará la pena de presidio menor en su grado máximo y multa de veintiuna a treinta unidades tributarias mensuales.”.

 En consecuencia, de no consignarse los fondos en el plazo establecido por la ley, esta parte hará uso de los procedimientos judiciales que la ley ha consagrado para obligar a BEST HEALTH SpA, representada legalmente por don EDMUNDO LUIS GARCÍA VARGAS, al pago de lo debido, terminada que sea la presente gestión preparatoria de la vía ejecutiva. 

POR TANTO 
A US. PIDO, tener por presentada gestión preparatoria de la vía ejecutiva respecto de los doce (12) cheques de la cuenta corriente número 68075920 del Banco Santander Chile, cuyo titular es BEST HEALTH SpA, representada legalmente por don EDMUNDO LUIS GARCÍA VARGAS,, ya individualizados, series números: 

503 por $5.050.000 (Cinco millones cincuenta mil pesos); 501 por $5.050.000 (Cinco millones cincuenta mil pesos); 504 por $5.150.000 (Cinco millones ciento cincuenta mil pesos); 479 por $4.140.000 (Cuatro millones ciento cuarenta mil pesos); 464 por $4.960.000 (Cuatro millones novecientos sesenta mil pesos); 480 por $4.140.000 (Cuatro millones ciento cuarenta mil pesos); 465 por $4.960.000 (Cuatro millones novecientos sesenta mil pesos); 481 por $4.140.000 (Cuatro millones ciento cuarenta mil pesos); 495 por $5.400.000 (Cinco millones cuatrocientos mil pesos); 482 por $4.140.000 (Cuatro millones ciento cuarenta mil pesos); 493 por $4.140.000 (Cuatro millones ciento cuarenta mil pesos), y 484 por $4.300.000 (Cuatro millones trescientos mil pesos), por haber sido presentados a cobro y protestados por la institución bancaria por tener todos Orden de No Pago y Firma Disconforme, tal como consta en timbre estampado en cada cheque y conforme se indica en las actas de protesto, ordenando la notificación a su titular, conforme a lo establecido en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 707 artículo 22 y siguientes en relación con el artículo 467 del Código Penal. 

PRIMER OTROSÍ: Sírvase SS., tener por acompañados los siguientes documentos: 1. Doce (12) cheques del Banco Santander Chile, cuenta corriente número 68075920, series números 503, 501, 504,479,464,480,485, 481,495, 482, 493 y 484, por un total de $55.570.000 (Cincuenta y cinco millones quinientos setenta mil pesos), cuyo titular es BEST HEALTH SpA, representada legalmente por don EDMUNDO LUIS GARCÍA VARGAS, todos protestados por Banco Santander Chile, cuya individualización más la correspondiente transcripción del Acta de Protesto se ha realizado en lo principal, y para los cuales pido custodia del tribunal, y 2. Fotocopia de los doce (12) cheques señalados en el punto anterior para integrar el expediente. 

SEGUNDO OTROSÍ: US, mediante el presente acto, don G E S A, en cuanto titular de la presente Gestión Preparatoria de la Vía Ejecutiva, otorga patrocinio y poder para actuar en estos autos al abogado habilitado para el ejercicio de la profesión don C A G F, cédula nacional de identidad número 7.665.763-7, correo electrónico..., quien podrá actuar con las facultades establecidas en el inciso primero del artículo 7° del Código de Procedimiento Civil, fijando domicilio en calle Hermanos Amunátegui 86, Oficina 807, de la Comuna y Ciudad de Santiago, para todos los efectos legales. Ambos firman el presente instrumento con firma electrónica avanzada.

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