Se declare desierto el recurso de casación de autos.
Excma.
Corte Suprema.
.........................,
Procurador del Número, por la parte del demandante(dado) don
...................., en autos sobre .........., en procedimiento .........., caratulados
".................... con ....................", a V. E.,
respetuosamente, digo:
La
contraria, recurrente de casación, no ha comparecido ante vuestro tribunal a
personarse o a "hacerse parte" en el recurso, en el plazo fatal de
tres días hábiles (más el aumento de la tabla de emplazamiento), desde la fecha
del ingreso.
El
artículo 782 del Código Procesal Civil, que fue modificado por la Ley Nº
18.882, de 20 de diciembre de 1989, determina que es aplicable ‑al recurso de
casación‑ lo dispuesto en los artículos 200, 202 y 211 del mismo código; o sea,
que, en materia de comparecencia, se aplican, al recurso de casación, las
normas y los plazos del recurso de apelación.
POR
TANTO,
RUEGO A V.E.: se sirva declarar
desierto tal recurso de casación, con costas.
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