Se ordene notificar por cédula.
S. J. L.
en lo Civil.
........................,
por la parte del ..............., don .............................., en autos
sobre ............., en procedimiento ................., caratulados "
.............. con ..................", a US., respetuosamente, digo:
Solicito
que US. se sirva ordenar que la sentencia de fecha .... de ......... de 199..,
escrita a fs. ....., se notifique, por cédula, a la contraparte, por medio de
su mandatario.
POR
TANTO,
y de acuerdo con lo dispuesto por el art. 48 del
Código de Procedimiento Civil,
RUEGO A US.: se sirva ordenar que
dicha resolución se notifique, a tal parte, por cédula, por medio de su
mandatario, en el domicilio fijado por éste.
NOTA: Los casos en los que procede,
obligatoriamente, emplazar "por cédula", según se dice en la
explicación respectiva, son los enumerados en el art. 48 del Código Adjetivo
Civil.
Pero, el
Juez puede, de oficio, ordenar que otra resolución se emplace por cédula, (o personalmente,
que siempre es optativo de tal notificación), en casos en que el emplazamiento
normal sólo deba hacerse por el estado. Caso típico es aquel en que se cita a
absolver posiciones a uno que no se ha hecho parte en alzada; pero que la Corte
manda que se haga "por cédula", al absolvente.
Pero,
también, ello puede ser motivo de solicitud de parte, para lo cual se usa el
mismo formulario, dirigiéndolo a la I. Corte.
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