Tribunal
Rol
Caratulado
Cuaderno
Exhorto con el fin que indica
Rol
Caratulado
Cuaderno
Exhorto con el fin que indica
S.
J. L. en lo Civil
Aulio Agerio, Abogado por la parte demandante en autos ..................... ya individualizado en la presuma de esta presentación a US. ‑respetuosamente‑ digo:
Es necesario notificar la demanda de autos a don Numerio Negidio , de profesión .............., domiciliado en ...................
Nº............, de la ciudad de .................
Procede a US. se sirva ordenar que se exhorte, al
efecto, al Sr. Juez correspondiente, para dichos fines.
El Tribunal exhortado estará facultado para
practicar y ordenar que se practiquen todas las diligencias tendientes a
notificar, legalmente, la demanda, pudiendo ‑especialmente‑ ordenar la notificación
personal especial del art. 44 del Código de Procedimiento Civil, previas las
constancias y las informaciones de testigos del caso.
POR
TANTO,
y de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 70 a 74
del Código de Procedimiento Civil,
RUEGO A US.: se sirva ordenar que
se exhorte al Sr. Juez de Letras en lo Civil de turno, de la ciudad de
...................., a fin de que proceda a ordenar la notificación de don
................., ya individualizado, en la forma expuesta.
______________________
NOTA: La solicitud puede formularse como un otrosí
del escrito de demanda o del que corresponda, haciéndole las modificaciones
indispensables.
Muchas veces, el tribunal exhortado será "de
letras"; otras, directamente "civil".
El exhorto podrá ser diligenciado por la persona que lo presente o la que lo requiera del tribunal exhortado; y deberá contener copia de esta solicitud, providencia y notificaciones; y copia de la demanda, providencia y notificaciones. Ese deberá contener los escritos, los decretos, las demás resoluciones y las explicaciones necesarias.Junto con el original, se enviarán, asimismo, las copias necesarias para el Tribunal exhortado pueda realizar y ordenar las actuaciones, las notificaciones y las citaciones pertinentes.
No hay comentarios:
Publicar un comentario