EN LO PRINCIPAL: certificado; EN EL PRIMER OTROSI:
copias autorizadas; y EN EL SEGUNDO: devolución de documentos.
S.
J. L. en lo Civil.
............................. por el actor, en autos
sobre notificación de protesto de cheques, caratulados "............ con
.............." a US., respetuosamente, digo:
El demandado no ha consignado fondos, dentro de
plazo, para responder al valor del capital del cheque, los intereses y las
costas.
POR
TANTO,
RUEGO A US.: se sirva ordenar se
certifique en autos, tal circunstancia, por el señor Secretario del Tribunal.
PRIMER OTROSI: Sírvase US. ordenar se
me den copias autorizadas de lo obrado en autos, incluida la certificación
pedida en lo principal.
SEGUNDO OTROSI: Sírvase US. ordenar se
me devuelva el cheque acompañado en autos, dejándose constancia en el
expediente.
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