EN LO PRINCIPAL: demanda de alimentos; EN EL PRIMER
OTROSI: acompaña documentación; y EN
EL SEGUNDO: patrocinio y poder.
S.
J. L. de Menores
.............,
labores, domiciliada en ................. Nº......, a US., respetuosamente,
digo:
Consta en la libreta de matrimonio que acompaño, que
soy casada con don .................., de profesión .........., domiciliado en
.................... Nº......, y que son nuestros hijos legítimos los
siguientes menores: ................., de mi mismo domicilio.
El padre de los menores no provee lo necesario para
la adecuada subsistencia de los hijos comunes, por lo que me veo en la
necesidad de demandarlo, a fin de que cumpla con la obligación moral y legal de
dar congrua alimentación a sus hijos.
Las necesidades de alimentación, habitación,
consumo, vestuario, educación, locomoción, médicos y otros, de mis hijos, no se
satisfacen con una suma menor de $........... mensuales, equivalente a .....
ingresos mínimos, suma por la cual demando.
POR
TANTO,
y de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 321 y
siguientes del Código Civil, Leyes Nº 14.907 y Nº 14.908 y arts. 254 y
siguientes del Código de Procedimiento Civil,
RUEGO A US.: se sirva tener
presentada la demanda de alimentos congruos en contra de don ....................,
ya individualizado, en calidad de padre legítimo de los menores referidos y
condenarlo al pago de la suma de $.........., fijarla en el equivalente a
.......... ingresos mínimos mensuales de trabajador; o la que US. se sirva
fijar, con costas.
PRIMER OTROSI: Sírvase tener por
acompañada, con citación, la libreta de matrimonio, en la cual consta el mío
con el demandado; y al nacimiento de los hijos comunes, que son los
demandantes.
SEGUNDO OTROSI: Sírvase US. tener
presente que designo Abogado patrocinante y confiero poder a don
...................., inscripción Nº..............., patente Nº.........., de
la I. Municipalidad de ..................., inscripción Nº ..... R‑2,
domiciliado en .................... Nº............., oficina Nº........, de
esta ciudad.
________________________
NOTA: Ver
Explicaciones sobre "Juicio Alimentos" y "Juicio
Menores". El Juez de Menores tiene,
también, competencia para conocer de los alimentos pedidos por la cónyuge, para
sí, siempre que los demande conjuntamente con los hijos menores.
Es
conveniente demandar por el equivalente a sueldos mínimos mensuales de trabajador (I.M.M.); o pedir un
porcentaje de las remuneraciones del alimentante, para evitar la
desvalorización de la pensión.
No hay comentarios:
Publicar un comentario