Procedimiento: Ejecutivo
Materia: Otros
(O06)
Demandante:
Rut:
Abogado patrocinante:
Rut:
Apoderado:
Rut:
Demandado:
Rut:
EN LO
PRINCIPAL: demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y
embargo; EN EL PRIMER OTROSI: bienes para el embargo y depositario; EN
EL SEGUNDO: acompaña documento con citación; y EN EL TERCERO: patrocinio
y poder.
S.
J. L. en lo Civil
...................,
de profesión .........., domiciliado en ................... Nº......., en mi
carácter de Administrador del Edificio ubicado en ...................
Nº......., de esta ciudad, a US., respetuosamente, digo:
Consta de
la copia de la escritura pública de fecha .... de ........... de 19...., ante
el Notario de .................., don
............................., mi carácter de Administrador del Edificio en
referencia.
Don
..................., de profesión ..................., propietario del
departamento de habitación Nº.......... del ....º piso de dicho Edificio,
domiciliado allí mismo, no ha pagado los gastos o servicios comunes
correspondientes a su inmueble, adeudando, en la actualidad, los meses de
....., del año 199 ..., hasta ....... de este año; ........meses en total.
El detalle
de los gastos comunes de su cargo, es el siguiente, según consta de la minuta
que acompaño:
Mes de
............................. $
.............
Mes de
............................. $
.............
Mes de
............................. $
.............
Total $ .............
De acuerdo
con el artículo ..... del Reglamento de Copropiedad del Edificio, que consta de
la escritura pública de fecha ....... de .... de 19..., ante el Notario de
............., don .............., inscrita a fojas. ........ Nº....., del
Registro de Hipotecas del Conservador de Bienes Raíces de ............... del año
19....., cada propietario está obligado a concurrir ‑mensualmente‑ por
anticipado, dentro de los primeros ........ días de cada mes, al pago de las
expensas comunes correspondientes a su propiedad. Dicho reglamento dispone,
además, que se devengará un interés de .....% anual, en caso de simple retardo;
y de .....% anual, en caso de mora.
Siendo la
deuda líquida, actualmente exigible y no estando el título prescrito, deduzco
la demanda ejecutiva correspondiente.
POR
TANTO,
de acuerdo
con lo expuesto y con lo que disponen los artículos 59 (16) del D.S. Nº 880, de
1963, del Ministerio de Obras Públicas, que refundió el texto de la Ley Nº
6.071, y 434 Nº 7º y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
RUEGO A
US.: se sirva tener por interpuesta la presente demanda ejecutiva contra
don ..................., ya individualizado, ordenando se despache mandamiento
de ejecución y embargo en su contra por la suma de $............. e intereses
conforme al Reglamento citado, y ordenando que se siga adelante esta ejecución
hasta hacer a mi parte íntegro pago de estas sumas, con costas.
PRIMER
OTROSI: Ruego a US. tener presente que designo para la traba del embargo los
bienes con que el deudor tiene guarnecido el departamento que habita, los que
solicito que queden en su poder en calidad de depositario.
SEGUNDO
OTROSI: Ruego a US. tener por acompañados, con citación, los siguientes
documentos:
1º Minuta de los gastos comunes adeudados,
debidamente autorizada por el Administrador del Edificio.
2º Escritura pública de fecha ...... de .... de
19..., ante el Notario don ..................., en que se contiene el
Reglamento de Copropiedad, y en el que se acordaron las expensas comunes.
3º Escritura pública de fecha .... de ...... de
19..., ante el Notario don ..................., en que consta el nombramiento
de Administrador.
TERCER
OTROSI: Ruego a US. tener presente que designo Abogado patrocinante y confiero
poder a don ..................., inscripción Nº ......... R‑2, patente
Nº.........., de la I. Municipalidad de ......... .................,
domiciliado en ................... Nº......., oficina Nº.........., de esta
ciudad.
_______________________
NOTA: Conforme
al art. 19 del D. S. Nº 695, de 1971, del Ministerio de la Vivienda, publicado
en el D. O. de 22 de diciembre de 1971, el Administrador puede solicitar a las
empresas que suministran electricidad, agua potable o gas, el corte de los
servicios a los departamentos cuyos gastos comunes se encuentren impagos. De
este modo, el Reglamento de la ley de pisos otorga, al Administrador, una forma
expedita para obtener el pago de los gastos insolutos, sin necesidad de
recurrir a la vía judicial.
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