Procedimiento: Sumario
Materia: Desahucio contrato arrendamiento inmueble urbano
(D07)
Demandante:
Rut:
Abogado
patrocinante:
Rut:
Apoderado:
Rut:
Demandado:
Rut:
EN LO
PRINCIPAL: desahucio del contrato de arrendamiento; EN EL PRIMER OTROSI: acompaña documento y
custodia; EN EL SEGUNDO: notificación a las empresas que indica; y EN
EL TERCERO: patrocinio y poder.
S.
J. L en lo Civil
....................,
de profesión .........., domiciliado en .................... Nº...., a US.,
respetuosamente, digo:
Tengo dada
en arrendamiento la propiedad ubicada en .................... Nº....., a don
...................., de profesión .........., domiciliado allí y en
............. Nº......., por la renta mensual anticipada de $.....
De acuerdo
con los términos del contrato de fecha ..... de .... ........... de 19...., que
acompaño, este pacto fue por plazo indefinido.
No deseo
perseverar en el arrendamiento, por lo que desahucio dicho contrato.
El
arrendatario ocupa la propiedad desde el día ...... de ................. de
19...
POR
TANTO,
de acuerdo
con lo expuesto, arts. 3º y siguientes de la Ley Nº 18.101 y arts. 680 y
siguientes del Código de Procedimiento Civil,
RUEGO A
US.: se sirva ordenar que se
notifique el desahucio del contrato de arrendamiento mencionado, a don
...................., ya individualizado, y disponer que él me restituya la
propiedad, enteramente desocupada, en el plazo de ..... meses desde la
notificación de esta demanda; o dentro del plazo que US. se sirva fijar de
acuerdo al mérito de autos, con costas.
PRIMER
OTROSI: Ruego a US. tener por acompañado el contrato mencionado de acuerdo
con el art. 346 Nº 3º del Código de Procedimiento Civil, bajo el apercibimiento
de dicha disposición; y ordenar su custodia por el Sr. Secretario del Tribunal.
SEGUNDO
OTROSI: Ruego a US. ordenar que se notifique, esta demanda, a la Compañía de
Electricidad de ..........; a la Compañía de Gas de ..........; y a la Compañía
de Agua Potable de .........., para los efectos del art. 14 de la Ley Nº 18.101,
a fin de que, desde la notificación respectiva, el suscrito deje de ser
responsable por los consumos del arrendatario.
TERCER
OTROSI: Ruego a US. tener presente que
designo Abogado patrocinante y confiero poder a don ....................,
inscripción Nº....., patente Nº.........., de la I. Municipalidad de
............., domiciliado en .................... Nº....... oficina Nº.......,
de esta ciudad.
_____________________________
NOTAS: Si el contrato es mes a mes, o si es de plazo
fijo inferior a un año, se expresará así.
En el segundo caso, se notificará el desahucio con el plazo mínimo de
cuatro meses.
Si el contrato es verbal, se omitirá el
primer otrosí pero, en tal caso, se presume que la renta es la que declare el
arrendatario.
También, puede omitirse el segundo otrosí, a
voluntad del demandante.
Habiendo subarrendatarios, el art. 11 de la
Ley Nº 18.101 dispone que, para que les sea oponible lo obrado y la sentencia
recaída en los juicios de desahucio, de restitución o de terminación de
arrendamiento por falta de pago de la renta, les deberá ser notificada la
demanda, o deberán haberse apersonado al juicio. Con tal fin, en dichos juicios, el Receptor,
al notificar personalmente la demanda, requerirá, bajo juramento, al demandado,
acerca de la existencia o no de subarrendatarios; y, en caso afirmativo, de sus
nombres, dejando constancia escrita en los autos. Si la demanda no ha sido notificada en
persona, se hará el mismo requerimiento, por el Tribunal, en la audiencia, si
concurre el demandado. En caso
afirmativo, se suspenderá la audiencia, se ordenará notificar a los
subarrendatarios y se citará a una nueva audiencia, la que tendrá lugar después
de hechas las notificaciones pertinentes.
A pesar de que la ley dispone que el requerimiento,
al arrendatario, se haga de oficio, por el Receptor, es conveniente, si no se
sabe si hay o no subarrendatarios, o si se ignora su nombre o número, agregar
un otrosí del tenor siguiente: "Ruego a US. ordenar, al Sr. Receptor que,
en el acto de notificar, requiera al demandado, bajo juramento, acerca de si
hay o no subarrendatarios; y, en caso afirmativo, su nombre, a fin de
notificarles la demanda conforme al art. 11 de la Ley Nº 18.101".
Véase la Explicación "Juicio
Arrendamiento".
No hay comentarios:
Publicar un comentario