Procedimiento: Sumario
Materia: Comodato precario (C15)
Demandante:
Rut:
Abogado patrocinante:
Rut:
Apoderado:
Rut:
Demandado:
Rut:
EN LO
PRINCIPAL: demanda de comodato precario; EN EL PRIMER
OTROSI: acompaña documentos; y EN EL SEGUNDO: patrocinio y poder.
S.
J. L. en lo Civil
...................,
de profesión .........., domiciliado en ................... Nº....., a US.,
respetuosamente, digo:
Soy dueño
de la propiedad ubicada en esta ciudad, calle .......... Nº ....., cuyo avalúo
fiscal es de $ .........., según consta en el certificado de contribuciones que
acompaño en el otrosí.
Por mera
tolerancia de mi parte, y sin que haya habido previo contrato de ninguna
especie, ocupa ‑desde algún tiempo‑ dicho inmueble, don ..................., de
profesión .........., domiciliado en el mismo inmueble.
Deseo que
dicho ocupante me restituya la mencionada propiedad, por lo que interpongo la
presente demanda.
POR
TANTO,
de acuerdo
a lo dispuesto en los arts. 2195 del Código Civil y 680 y siguientes del Código
de Procedimiento Civil,
RUEGO A
US.: se sirva tener por presentada demanda de comodato precario en contra
de don ..................., ya individualizado y, en definitiva, condenarle a
la devolución del predio indicado, dentro de tercero día de ejecutoriada la
sentencia; o en el plazo que US. se sirva fijar, bajo apercibimiento de
lanzarle con la fuerza pública, y lanzar así a todos los demás ocupantes, con
costas.
PRIMER
OTROSI: Ruego a US. tener por
acompañada, con citación, copia autorizada de la inscripción, a mi nombre, del
bien raíz cuya restitución solicito; como ‑asimismo‑ el recibo de
contribuciones al día, del inmueble; y ordenar que se me devuelva este último
documento, dejándose constancia en autos.
SEGUNDO
OTROSI: Ruego a US. tener presente que designo Abogado patrocinante y
confiero poder a don ..................., patente Nº ............, de la I.
Municipalidad de .................., inscripción Nº ........... R‑2,
domiciliado en ................... Nº......, oficina Nº....., de esta ciudad.
___________________________
NOTAS: El mismo
formulario, con la adaptación pertinente, sirve para el caso en que la
"ocupación" sea "por ignorancia" del dueño.
Creemos que la cuantía de estos juicios se
regula por el avalúo del inmueble ocupado o por el valor de la cosa objeto del
comodato precario, en su caso. Sin
embargo, algunos jueces estiman que son de cuantía indeterminada.
La
misma demanda, con las adaptaciones de rigor, se presentará en los casos en que
exista contrato de comodato en que el dueño se haya reservado la facultad de
pedir la restitución de la cosa prestada en cualquier tiempo. Se citará
también, entonces, la disposición del Art. 2.194 del Código Civil. Se procederá
de igual forma cuando no se haya prestado la cosa para un servicio particular
ni se haya fijado tiempo para su restitución.
La
actual Ley de Arrendamiento de Predios Urbanos permite que el Juez suspenda el
lanzamiento por un plazo no superior a seis meses, en casos graves y
calificados. Su Art. 26 derogó el Art. Unico de la Ley Nº 17.410, que
establecía dicha suspensión.
No hay comentarios:
Publicar un comentario