La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



martes, 24 de noviembre de 2015

0086

AUTORIZACION DE MUJER AL MARIDO PARA VENDER UN BIEN RAIZ PROPIO O CELEBRAR OTROS ACTOS.

En ......................, a ..... de ........ 199..., doña ......................., de profesión ............., domiciliada en ................. Nº........, Rut. Nº............, por el presente instrumento autoriza a su cónyuge, don ................, para celebrar, por si mismo y sin limitación, el siguiente acto jurídico:
     (Este puede ser:)
I.‑ Enajenación de los siguientes bienes muebles sociales:
1º ..........................................
2º ..........................................
3º ..........................................
II.‑ Entrega, en arrendamiento (o la tenencia) del siguiente bien raíz social urbano por más de cinco años; predio ubicado en la ciudad de ......................., en calle ................. Nº.........., Comuna de ..............
III.‑ La entrega, en arrendamiento, del siguiente bien raíz rural: el fundo denominado "......................", ubicado en la comuna de ............., de la provincia de .............., inscrito a fs. .........., Nº......., del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de ..............., del año ..............., cuyos deslindes son:
Al Norte: ........................................;
Al Sur: ..........................................;
Al Oriente: ......................................; y
Al Poniente: ......................................
Su superficie es de ....... hectáreas físicas, equivalentes a .........hectáreas de riego básicas. Las aguas están inscritas en el Registro Especial de Aguas del mismo Conservador a fs. .... Nº.... del año 19....
IV.‑ Dar su aval para la siguiente obligación (o pagaré) ............................. y hacer suyas sus estipulaciones, con la facultad de aceptar prórrogas o esperas que puedan concederse, al obligado principal, o cualquier convenio entre el acreedor y el deudor o su sucesor, a cualquier título, sobre renovaciones y nuevas tasas de interés aplicables; o modo, tiempo y forma de pagar la obligación que se avala.
V.‑ Constituirla en codeudora solidaria, en los mismos términos que el deudor principal, de las obligaciones contraídas por don ........................., en favor de don ................... Se faculta, además, para que no pueda, en esa calidad, excusarse, salvo el pago completo de la o las obligaciones y de sus reajustes, intereses y costas de cobranza, si las hay.
VI.‑ Constituirse en fiadora de las obligaciones que don ................................ ha contraído en favor de don ..................., por el siguiente concepto y oportunidad: ........................... La fiadora podrá excusarse, si el deudor principal tiene bienes suficientes para responder de su obligación, o siempre que indique bienes embargables y suficientes, petenecientes a dicho deudor.

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NOTA: En cada caso, la firma de la cónyuge.

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