EN LO PRINCIPAL: notificación de la demanda al Defensor
Público; y EN EL OTROSI: oficio.
S.
J. L. en lo Civil.
................., por el demandante don
.............., en autos sobre .............., caratulados
"................ con .................", a US., respetuosamente,
digo:
Consta de la certificación del Receptor, que el
demandado don ............................. no ha sido habido en el domicilio
indicado en la demanda.
Mi parte ha tomado conocimiento de que el demandado
salió del país; pero ignora su actual paradero.
Además, el demandado no ha dejado procurador con
facultad de contestar la demanda de autos.
De ahí, que sea necesario que, previo el envío del
oficio solicitado en el otrosí, se ponga, la demanda de autos, en conocimiento
del Sr. Defensor Público, a fin de que éste asuma la representación del
demandado; y, en caso de que dicho funcionario no acepte dicha representación,
se designe ‑al ausente‑ un curador especial que lo represente en este juicio.
POR
TANTO,
y de acuerdo con lo expuesto y lo que disponen los
artículos 367 del Código Orgánico de Tribunales y 11 del Código de
Procedimiento Civil,
RUEGO A US.: ordenar que, previo el
oficio del otrosí, se notifique, la demanda de autos, al Sr. Defensor Público,
para los efectos indicados.
OTROSI: Ruego a US. se sirva
oficiar a la Policía de Investigaciones de Chile, Departamento de Policía
Internacional, a fin de que informe, a US., de cómo es efectivo que don
.......................... salió del país, fecha de salida; y si ha reingresado
o no al territorio nacional.
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