La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



viernes, 12 de diciembre de 2014

0931

                 C E R T I F I C A D O

     El Secretario Titular del ....º Juzgado en lo Civil de la ciudad de ..........., que suscribe, a petición verbal del Abogado don ......................., certifica, en los autos Rol Nº............, seguidos por don ......................., representado por el Abogado don .................................., en contra de don .............................., representado por el Abogado don ..........................., lo siguiente:
     Con fecha ..... de ................. de 199..., y en relación con la solicitud de la parte del demandante(dado), sobre ..................., el Sr. Magistrado Titular, don ................, dictó la siguiente resolución, que rola a fs. ...... del cuaderno principal: (Se copia la resolución completa, incluyendo fecha y mención de las firmas; o la parte que interesa, si ella es larga).
     La resolución anterior fue notificada, a las partes, por el estado diario, con fecha ..... de ................. en curso.
     La cuantía del asunto es $.................
     En ................., a .... de .............. de 199...


                        Nombre, firma y timbre del secretario
         
________________________________
NOTA:
     ‑ Si la resolución no es del cuaderno principal, se dirá de cuál es.
     ‑ Si la sentencia no es definitiva, se dirá de qué resolución se trata.
     ‑ Si se trata de una sentencia definitiva o de una resolución extensa, se incluye, en el certificado, la parte resolutiva.
     En materia civil, de menores, laboral, policía local y otros (no en materias penales), es conveniente que la certificación contenga la cuantía del asunto, pues, en caso contrario, para proveer el recurso, puede la Corte exigir tal certificación. El certificado para interponer recurso de queja aludido, puede darse a petición verbal  o escrita del apoderado del recurrente; o de su Abogado.

     Ver la solicitud de que se otorgue el certificado, a continuación.

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