Revoca poder y nueva designación.
S. J. L.
en lo Civil
............,
por sí, en autos sobre ......................, en procedimiento
..........................., caratulados "........... con
...............", a US., respetuosamente, digo:
Revoco el
poder conferido en estos autos, a don
........................................., en razón de que
................................................
Designo
nuevo apoderado judicial a don ...................., Abogado, Inscrip.
Nº........... R‑2, patente Nº................, de la I. Municipalidad de
........................, domiciliado en ..................... Nº......., ofic.
Nº....., de esta ciudad.
POR
TANTO,
RUEGO A US.: se sirva tenerlo
presente.
________________________
NOTA: Si el nuevo mandatario es egresado o
estudiante habilitado, así se dirá. Es costumbre y es obligación ética entre
los Abogados, el no hacerse cargo de una defensa, mientras el letrado que aboga
por el mismo cliente, no otorgue una carta, autorizando a su mandante, para
contratar los servicios de otro profesional; o no presenta escrito de renuncia.
Sin
embargo, hay casos de excepción en los que se puede poner término,
unilateralmente, tanto al patrocinio como al poder conferidos. Por ejemplo, si
el Abogado ha sido designado Magistrado, si se encuentra enfermo de un mal que
es incompatible para seguir con la defensa, si se ha trasladado a otra ciudad,
si fue designado diplomático, si no es ubicable, y en cualquier caso en que
exista tal urgencia que no se pueda esperar el término del impedimento o la
autorización expresa, especialmente en asuntos penales.
Menos
frecuente es el caso en que se justifica la revocación debido al abandono que
el mandatario ha hecho de la defensa, o cuando ha cometido irregularidades graves
en perjuicio del cliente.
El cliente
y el nuevo Abogado y/o mandatario deben ser muy cuidadosos en todos los casos
de revocación.
A veces,
de hecho, se revoca, el mandato por el cliente, directamente; y ‑después‑ se
hace la nueva designación, en escrito separado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario