Tribunal
Rol
EN LO PRINCIPAL: Solicita que se decrete la medida precautoria que expresa; OTROSÍ: se lleve a efecto desde luego.
Rol
EN LO PRINCIPAL: Solicita que se decrete la medida precautoria que expresa; OTROSÍ: se lleve a efecto desde luego.
S.
J. L. en lo Civil
Lucio Ticio, Abogado por el demandante en los autos sobre
......................, ya individualizado en la presuma de esta presentación, , a US., respetuosamente,
digo:
Mi parte
ha tenido conocimiento que la situación económica de la demandada es muy
angustiosa, presumiéndose que puede ocultar sus bienes en perjuicio de mi
representado.
En efecto,
............................................
En los
autos hay antecedentes escritos que constituyen, no tan sólo una presunción
grave del crédito que se reclama, ascendente a $ ............., sino que plena
prueba de él. Tal es el documento acompañado, consistente en
...................
En virtud
de lo expuesto anteriormente, solicito, a US., la dictación de la medida
precautoria del Nº 4º del art. 290 del Código de Procedimiento Civil; o sea, la
de prohibición de gravar y enajenar bienes determinados, haciéndose efectiva
por la suma de $ ..........., reajustes, intereses y costas, sobre el bien raíz
ubicado en .......................... Nº......, de la Comuna de ........., de
la ...ª Región, inscrito a nombre del deudor, a fs. ............., Nº
.........., del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de
.................., del año 19....
POR TANTO, y de acuerdo con lo dispuesto
en los arts. 290, 296, 297 y 298 del Código de Procedimiento Civil,
RUEGO A US.: se sirva decretar la
medida precautoria de prohibición de gravar y enajenar el bien raíz
individualizado, a fin de caucionar el pago de crédito de autos, de $.........,
reajustes, intereses y costas, y ordenar su inscripción en el Registro de
Prohibiciones del Conservador respectivo.
OTROSI: En mérito de las
mismas razones más arriba señaladas, ruego a US., de acuerdo con lo dispuesto
en el inciso 2º del artículo 302 del Código de Procedimiento Civil, ordenar que
la medida precautoria solicitada se lleve a efecto desde luego, sin previa
notificación del demandado.
____________________________________________________
NOTA: Este
formato sirve, con la adaptación correspondiente, para la prohibición de gravar
y enajenar bienes muebles.
En el caso
de vehículos, se individualizará su inscripción en el Registro de Vehículos
Motorizados, del Registro Civil.