La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



sábado, 18 de septiembre de 2010

8.-Formatos de escritos

nihil prius fide, significa “nada antes que la fe” (la fe pública, claro)
y es el lema de los Notarios españoles.

Cancelación de Saldo de Precio y alzamiento de prenda

...comparece don ..................................., de nacionalidad ....................., de profesión .............., estado civil ............., domiciliado en ..................... Nº........, oficina . Nº......., C.I. Nº............., mayor de edad, y expone:
PRIMERO: Que, por instrumento privado de fecha ..... de ..... de 19...., ante el Notario de ................, don ............, el compareciente vendió, a don .............................., un .............., marca ..................., modelo 19..., en el precio de $ ................, quedando, tal especie, en prenda, para responder al saldo de precio de $ ................, prenda especial sin desplazamiento, de la Ley de Compraventa a Plazo con prenda, Nº 4.702, que se inscribió a fs. ............. Nº ...... del Registro respectivo del año 199....., del Conservador de Bienes Raíces de ...............
SEGUNDO: El comprador ha pagado, oportunamente, todas las cuotas del saldo de precio y sus intereses, por lo que el compareciente otorga cancelación de tal saldo de precio y su anexos y alza la prenda individualizada precedentemente.
Se faculta, al portador de un ejemplar autorizado de este instrumento, para requerir, del Conservador respectivo, las inscripciones y anotaciones que procedan.
En comprobante, firman .....................
__________
NOTA: El mismo formulario sirve para el caso de que se trate de alzamiento de prenda industrial de la Ley Nº 5.687; el alzamiento de la prenda especial sin desplazamiento de la Ley Nº 18.112; la prenda de valores mobiliarios a favor de los bancos de la Ley Nº 4.287, alzamiento de la prenda agraria de la ley Nº 4097, haciéndose referencia, en cada caso, al contrato principal (mutuo, préstamo venta u otro) y al registro especial respectivo. Lo propio, respecto de la prenda civil, que no tiene inscripción.

Cancelación de saldo de precio y alzamiento de hipoteca de garantía general.

...comparece don ................., de nacionalidad ..............., de profesión ..................., estado civil ................, domiciliado en ................... Nº .., Rut Nº............., Nacional, por la sociedad ..............., Empresa comercial, del mismo domicilio y expone:
PRIMERO: Que la Empresa otorgó un crédito a don ....................., para ..............................
SEGUNDO: Para garantizar el pago de este crédito y de cualquiera otra obligación presente o futura, don ....................... constituyó hipoteca, con cláusula de garantía general, sobre su propiedad, ubicada en la comuna de ....... de la Provincia ............., de la ... ª Región, localidad de ....., calle .......... Nº.............
La hipoteca consta de la escritura pública de fecha ..... de ....... de 19...., ante el Notario de .........., don ................., inscrita a fs. .....Nº ....., del Registro de Hipotecas del Conservador de Bienes Raíces de ........., del año 19......
TERCERO: El compareciente declara que el deudor ha dejado de serlo, pues no adeuda nada a su mandante, por ningún concepto, por lo que le otorga carta de crédito y alza o cancela la hipoteca individualizada precedentemente.
Se faculta, al portador de copia autorizada de esta escritura, para requerir, del Conservador de Bienes Raíces respectivo, las cancelaciones, inscripciones y subinscripciones que procedan.
La representación del compareciente por la Empresa ............... consta de la misma escritura pública en la que consta la obligación.
En comprobante, firman ...............

EN LO PRINCIPAL: bases para la subasta; y EN EL OTROSI: avisos.

S. J. L. en lo Civil.

..............., por el ejecutante, don .............., en autos ejecutivos caratulados "............. con ............", a US. -respetuosamente- digo:
Para los efectos de realizar el bien raíz embargado, propongo las siguientes bases:
1º La propiedad que saldrá a remate en pública subasta, está situada en la calle ............... Nº......., depto Nº........., de la ciudad de ................., Comuna de ................., Provincia de ................., de la ....ª Región, inscrita, a nombre del deudor, a fs............ Nº .........., del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de ............, del año .........; y tiene los siguientes deslindes:
Al Norte: ..........................................
Al Sur: ............................................
Al Oriente:.........................................; y
Al Poniente: .......................................
2º El remate se hará el día ...... de ................. de 199...., a las ............ horas, ante V. S., en el local de vuestro Tribunal.
3º El mínimum para las posturas será la suma de $ ........., que corresponde a la tasación fiscal del predio.
4º El precio se pagará con la suma de $ ................., al contado; y el saldo en la siguiente forma:
a) ............................
b) ............................
(Este saldo de precio devengará intereses del .......... % anual sobre la obligación reajustada; y del ..... %, también anual, en caso de mora, quedando hipotecada, la propiedad, en favor del acreedor).
Este saldo, además, tendrá el reajuste de la unidad de fomento, desde el día de la subasta, hasta el día del pago efectivo (o el aumento del índice de precios al consumidor, I.P.C.)
5º Para tener derecho a hacer posturas en la subasta, los interesados deberán presentar boleta, a la orden del tribunal, o consignación en la cuenta corriente del Juzgado, o dinero en efectivo, por el equivalente al 10% del mínimum fijado para la subasta; o sea, por la suma de $ ............., dinero que perderá, el subastador, como pena, a beneficio de la parte ejecutante, en caso de que no firme la escritura de compraventa dentro de los diez días, a contar desde la fecha del remate; o que no pague, dentro del mismo plazo la cuota al contado.
El ejecutante no deberá presentar garantía alguna para tomar parte en la subasta, abonándose, al precio del remate, el valor del crédito que tenga en contra del ejecutado, por capital, reajustes, intereses y costas.
6º El subastador deberá designar domicilio dentro del radio urbano de esta ciudad, en el acto del remate, a fin de que se le notifiquen las resoluciones que a él se refieren, bajo apercibimiento de que, si así no lo hiciere, se le notificarán todas éstas por el estado diario.
7º La propiedad se venderá ad-corpus, en el estado en que actualmente se encuentra, con todos sus usos, costumbres y libre de todo gravamen, salvo el que se constituye en la misma escritura, quedando responsable -el vendedor- del saneamiento, según las reglas generales.
8º Serán de cuenta exclusiva del subastador todos los gastos, derechos, impuestos o inscripciones de la escritura de compraventa como las de cancelación y demás que se otorguen.
POR TANTO,
y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 485 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
RUEGO A US.: se sirva aprobar las bases de remate precedentes, con citación.
OTROSI: Sírvase US. ordenar se publiquen los cuatro avisos legales, y determinar en qué periódicos deben hacerse las publicaciones.

NOTAS: Si el bien embargado es un vehículo, se le individualizará por su clase (camión, auto, bus, camioneta), marca, modelo, puertas, en su caso, color, año e inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados y anotado en el permiso de circulación.

Avenimiento

S. J. L. en lo Civil.

........................., demandante, asistido por su Abogado don .......................; y ...................., demandado, asistido por su Abogado don ......................, en autos sobre ................., en procedimiento ..............., caratulados ".............. con .............", a US., de consuno, respetuosamente, decimos:
Hemos acordado celebrar un avenimiento de las acciones y defensas de autos, en la forma que se pasa a expresar:
1º El actor se compromete a ......................., en los siguientes plazos y condiciones:
a) ............................
b) ............................
c) ............................
2º Por su parte, el demandado se obliga a ........., en las condiciones y plazos siguientes:
a) ............................
b) ............................
c) ............................
3º Las partes se otorgan amplio y completo finiquito de todas las relaciones contractuales que las ligaban, salvas las obligaciones que se pactan en este mismo instrumento.
4º Cada parte pagará sus costas.
POR TANTO,
ROGAMOS A US.: se sirva tener presente el avenimiento anterior, darle su aprobación; mandar que se registre en el Libro de Sentencias y ordenar que se den copias de este escrito, de su resolución y de su notificación por el estado diario, a la parte que lo solicite en Secretaría.

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