EN LO PRINCIPAL: notificación por avisos; EN EL PRIMER
OTROSI: oficios; y EN EL SEGUNDO: apercibimiento.
S. J. L.
en lo Civil
.....................,
por el actor don ..................., en autos sobre ................, en
procedimiento .............., caratulados "................ con
...................", a US., respetuosamente, digo:
Según
consta en las diligencias consignadas en autos, por el señor Receptor, el
demandado don ..............................., no ha podido ser notificado, por
no habérsele encontrado en el domicilio indicado en la demanda, ni ha sido
posible saber su paradero, pese a las averiguaciones practicadas.
En
consecuencia, procede notificarle la demanda, esta solicitud y sus proveidos, y
demás actuaciones de autos, mediante avisos en los diarios, pues el demandado
se encuentra, o se ha colocado, en el caso de una persona cuya residencia es
difícil de determinar.
Como la
notificación ‑en la forma solicitada‑ es excesivamente dispendiosa, si se
insertaran, en la publicación, íntegramente, todas las actuaciones mencionadas,
solicito que los avisos se hagan en extracto redactado por el Sr. Secretario
del Tribunal.
POR TANTO, y de acuerdo con lo
dispuesto en el art. 54 del Código de Procedimiento Civil,
RUEGO A US.: se sirva ordenar que
se notifique la demanda de autos, esta solicitud, los proveidos y demás, a don
..............................., ya individualizado, por medio de avisos
extractados por el señor Secretario, señalando ‑al efecto‑ el periódico en que
deberán hacerse las publicaciones, y el número de ellas, sin perjuicio de la
que corresponde hacer en el Diario Oficial, previos los oficios solicitados en
el primer otrosí.
PRIMER OTROSI: Ruego a US. ordenar se
envíen oficios a la Policía de Investigaciones de Chile, a la Dirección General
de Carabineros, al Servicio de Registro Civil e Identificación, y a la Empresa
de Correos de Chile, a fin de que informen, a US., con urgencia, acerca del
actual domicilio o residencia del demandado, si se saben.
SEGUNDO OTROSI: Ruego a US. ordenar, al
demandado, que designe un domicilio conocido dentro de los límites urbanos de
esta ciudad, dentro del término de emplazamiento, bajo apercibimiento de
notificársele ‑todas las resoluciones de autos‑ por el estado diario.
NOTA: La solicitud de notificación por avisos
puede ser una petición más, contenida en la propia demanda, en un otrosí, como
el que sigue: "PRIMER OTROSI: Sírvase US. ordenar que se notifique, al
demandado, esta demanda y sus proveidos, esta solicitud, su providencia y demás
actuaciones, por avisos, por ser difícil de determinar su residencia. Pido que
las publicaciones se hagan en extracto, redactado por el señor Secretario, por
ser dispendiosa la publicación íntegra, previo oficios a la Policía de
Investigaciones, Dirección General de Carabineros, Servicio de Registro Civil e
Identificación, y Empresa de Correos de Chile, a fin de que informen, a US.,
con urgencia, acerca del actual domicilio o residencia del demandado, todo de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento
Civil".
El mismo
escrito anterior o la variante precedente, en su caso, servirán para pedir la
notificación por avisos en los otros casos señalados por el art. 54: personas
cuya individualidad sea difícil determinar o personas que ‑por su número‑
dificulta considerablemente la práctica del emplazamiento.
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