JUZGADO : 17º CIVIL DE SANTIAGO.
CARATULADO : GONZÁLEZ/ FORMIA SpA.
ROL : C-14.918-2022
CUADERNO : 2º.-PRINCIPAL.-
SE CERTIFIQUE LA NO OPOSICIÓN DE EXCEPCIONES.
S.J.L. EN LO CIVIL 17º DE SANTIAGO.
CARLOS GONZÁLEZ FUNAKOSHI, Abogado por el ejecutante, en
autos ya individualizado en la presuma de esta presentación respetuosamente digo:
Solicito que se certifique por el ministro de fe del tribunal, que el demandado,
no ha opuesto
excepciones dentro del plazo fatal, por lo que procede, de acuerdo con
lo dispuesto en el art. 472 del Código de Procedimiento Civil, que se
siga adelante con el procedimiento de apremio,
POR TANTO,
RUEGO A SS., acceder a lo solicitado.
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