NN Numerio Negidio |
REPERTORIO Nº
B F S G
-A-
FRANCO ANTONIO GONZÁLEZ
FORTUNATTI
MANDATO JUDICIAL
Santiago, República de Chile, a cinco de febrero
del año dos mil diecinueve, ante mí, ____________, Abogado, Notario Público
Titular de la ____Notaria Publica de Santiago,
con asiento en la comuna de Santiago, con oficio en calle Hermanos Amunátegui número
__________comparece: Don B F S G, Chileno, cédula nacional de identidad número siete
millones seiscientos setenta nueve mil treinta uno, guion cero, mayor de edad, Empresario,
quien acredita su identidad con la cédula anotada, que exhibe y declara pertenecerle
y expone: Que por el presente instrumento viene en otorgar Poder Judicial
amplio como en derecho se requiera al Abogado Don Franco Antonio González Fortunatti,
chileno, cédula nacional de identidad número doce millones doscientos cuarenta siete
mil ciento ochenta seis, para que lo represente en todo juicio de cualquier
clase y naturaleza que sea y que actualmente tenga pendiente o le ocurra en lo
sucesivo, con la especial limitación de no poder contestar demandas ni ser
emplazado en gestión judicial alguna por su mandante sin previa notificación
personal del compareciente. Se confieren al mandatario las facultades indicadas
en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil y
especialmente las de demandar, iniciar cualquier otra especie de gestiones
judiciales, así sean de jurisdicción voluntaria o contenciosa, civil, penal, militar,
tributaria, municipal, laboral, aduanera, de menores o administrativa,
contestar reconvenciones, desistirse en primera instancia de la acción
deducida, aceptar la demanda contraria, previo emplazamiento personal del
mandante, renunciar a los recursos o términos legales, absolver posiciones,
transigir, avenir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de
arbitradores, aprobar convenios y percibir. En el desempeño del mandato, el
mandatario podrá representarlo, en todos los juicios, actuaciones, diligencias,
presentaciones o gestiones judiciales en que tenga interés actualmente o lo tuviere
ante cualquier Tribunal del orden judicial, de compromiso, administrativo, de
garantías, y en juicios de cualquier naturaleza, y así intervenga el mandante,
como imputado, demandante, demandado, tercerista, coadyuvante, excluyente,
querellante, querellado, denunciante o denunciado o a cualquier otro título o
en cualquier otra forma, hasta la completa ejecución de la sentencia, pudiendo nombrar
abogados patrocinantes y apoderados con todas las facultades que por este instrumento
se le confieren; y delegar este poder y reasumirlo cuantas veces lo estime conveniente.
En comprobante, previa lectura, firma. Se da copia. DOY FE.
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