JUZGADO DE LETRAS DE CONSTITUCIÓN
NN Numerio Negidio, Abogado por la parte demandada, T G , en los autos ya individualizados en la presuma de esta presentación, a SS, con respeto digo y pido:
Como es conocido por el tribunal, las partes no han objetado
dentro de plazo la tasación de las costas personales, por tanto, solicito que
se certifiqué, que la resolución, a foja 95 de autos del 24 del presente, se
encuentra firme y ejecutoriada,
POR TANTO, de conformidad al artículo 141 del
CPC.,
RUEGO A US., acceder a lo solicitado.
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