La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



martes, 19 de agosto de 2014

0829

Se reciba la causa a prueba.

                S.  J.  L. en lo Civil

     ............................, por la parte del actor, en autos sobre .........., en procedimiento .........., caratulados ".................... con ....................", a US., respetuosamente, digo:
     Vencido el período de discusión, procede que US. tenga a bien dictar sentencia de prueba, comúnmente llamada "auto de prueba", fijando los hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos sobre los cuales debe recaer la prueba de autos; y fijar los días y horas en los cuales se procederá a recibir la prueba de testigos.
                      POR TANTO,
y de acuerdo con lo dispuesto por el art. 318 del Código de Procedimiento Civil,
RUEGO A US.: se sirva dictar tal resolución; y ordenar, en ella misma, que se la emplace por cédula.

        

__________________
NOTA:  La sentencia de prueba se debe dictar "de oficio". Si no se hace, se entra a despacho sin escrito.

     Pero, con la costumbre anterior de colocar la providencia "AUTOS", hoy día innecesaria, a veces, es necesario pedir que ella se dicte. Esto tiene la ventaja de tener constancia de la fecha de la solicitud del caso.

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