La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



viernes, 7 de octubre de 2016

0572

Con los antecedentes que acompaña, solicita suspensión de lanzamiento.

                 S. J. L. en lo Civil

....................................., por la parte demandada, don ......................... en los autos sobre ................. , en procedimiento sumario especial de arrendamiento, caratulados " .................. con ......................", a US., respetuosamente, digo:
Solicito, a US., la suspensión del lanzamiento decretado en contra de mi parte a fs. ..........., por la siguientes graves y calificadas razones:
     1º ...........................................
     2º ...........................................
     Acompaño los siguientes antecedentes que justifican esta petición:
     a) ...........................................;
     b) .........................................; y
     c) ............................................
                     POR TANTO,  de acuerdo con lo dispuesto, antecedentes acompañados y art. 13 inc. 2º de la Ley Nº 18.101,
RUEGO A US.: ordenar la suspensión del lanzamiento decretado en autos por el plazo de ........ meses a contar desde este momento, con costas.

        

NOTAS: Si es necesario, se solicitará, en el otrosí, que el Receptor encargado de cumplir el lanzamiento, devuelva el expediente, al tribunal, sin perjuicio de pedir lo mismo, oralmente, al Secretario. La ley no especifica la forma de cómo el Tribunal resuelva la petición, ni da ejemplos de casos plausibles o en los cuales procedería la suspensión del lanzamiento.
     Habitualmente, los tribunales resuelven de plano; pero pueden dar traslado a la contraparte. Dada la vaguedad de la redacción del inciso en comentario, el tribunal tiene amplias facultades para apreciar los antecedentes.
     La ley se refiere a los juicios "de este título"; esto es, a todos los del contrato de arrendamiento, y hace extensiva la facultad de suspender el lanzamiento en los juicios de comodato precario. Sin embargo, habitualmente los tribunales no dan lugar a la suspensión en los juicios de terminación del contrato por no pago de las rentas, llamados "de reconvenciones de pago".

     Cabe hacer notar que la facultad de suspender el lanzamiento puede ser ‑también‑ ejercida por la Corte de Apelaciones, aún cuando esté conociendo de un recurso concedido en el solo efecto devolutivo. (art. 8º Nº 6 inc. 2º). En este caso, sólo procede respecto de los juicios de desahucio y de restitución, en nuestro parecer.

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