La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



jueves, 31 de marzo de 2016

0937

Nº de Ingreso Corte:
Secretaría: Civil
Código: SOC 007 (Orden de no innovar)

Solicita orden de no innovar.

                       I. Corte.

     ................................., Procurador del Número, por la parte del demandante(dado) don .................., en autos sobre recurso de queja, relacionados con los autos caratulados "............... con ................", sobre ........................., del .....º Juzgado en lo Civil de esta ciudad, Rol Nº..........., de Vuestro Tribunal, a US. I., respetuosamente, digo:
     En autos, interpuse recurso de queja, en contra el Sr. Juez a quo, a fin de que V. S. I. resuelva que ........................
     Mientras tanto, en el tribunal de primer grado, se continuará con la tramitación del proceso, con el próximo paso procesal, que consiste en ........................., lo que significa un perjuicio irreparable e irreversible para los justos intereses de mi parte, por lo que se hace necesario que US. I. tenga a bien dictar una orden de no innovar en los autos.
     Efectivamente, ..............................
     Sin repetir la argumentación propia del recurso de autos, paso a destacar las fundadas razones por las cuales Vuestro Tribunal hará bien en dictar tal orden.
     1.‑  .................................................
     2.‑  .................................................
     3.‑  .................................................
POR TANTO,
y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 5º y ss. del Auto Acordado de 6 de noviembre de 1972,
RUEGO A US.I.: se sirva dictar orden de no innovar, en la causa a que se refiere este recurso, ordenando que se oficie, con urgencia, al tribunal a quo, al efecto.

         

______________________
NOTAS: Si el proceso de origen es de un lugar distinto, así se dirá.
     Esta solicitud, si es denegada, no hay inconveniente en reiterarla, con nuevas razones y, especialmente, si han cambiado las condiciones del proceso, en el Tribunal a quo.
     Ver Explicación sobre ORDEN DE NO INNOVAR.
     La solicitud de orden de no innovar se puede pedir por el Abogado patrocinante y/o por el apoderado letrado de primera instancia; pero no se puede solicitar ‑en una Corte‑ por el mandatario no Abogado, de primer grado.

     Se debe tener cuidado de acreditar la representación del Abogado o del Procurador del Número, debido a que, muchas veces, no se da curso al recurso del caso y a la solicitud de no innovar, por no estar probada la personería.

miércoles, 30 de marzo de 2016

0935

EN LO PRINCIPAL: interpone recurso de queja; EN EL PRIMER OTROSI: orden de no innovar; EN EL SEGUNDO: se traiga a la vista el expediente que indica; EN EL TERCERO: acompaña boleta de consignación y certificado; y EN EL CUARTO: patrocinio y poder.

                     Excma. Corte.

     .........., de profesión ...................., domiciliado en...................... Nº............., en relación con los autos sobre .........................., en procedimiento ..................., caratulados "............... con ...................", que se siguen ante el ....._ Juzgado en lo .............., de la ciudad de .............., Rol .............., a V. E., respetuosamente, digo:
     Con fecha ..... de ............ de 199.., los Sres. Ministros de la ....º Sala de la I. Corte de Apelaciones de .................., Sres........................, Presidente, y ................. y ................., Ministros Titulares, dictaron, en dichos autos, una resolución por medio de la cual fallaron el recurso de ..............., interpuesto por ..............., declarando textualmente: "......................"
     La resolución transcrita, rola a fs. ......., de dicho expediente.
     Dicha resolución constituye un abuso de los Sres. Magistrados de alzada, dado que ......................................................
     Tal resolución es agraviante a mis derechos, pues ........................................
     De acuerdo con lo dispuesto en los arts. ............... de ..............................., los Sres. Magistrados recurridos no pudieron dictar la resolución impugnada, sino que, por el contrario, debieron declarar que .................
     Efectivamente, ...............................
     Procede enmendar el daño causado con la resolución abusiva, mediante la interposición de este recurso.
                      POR TANTO,
y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos mencionados, arts. 540 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de 6 de noviembre de 1972, publicado en el D. O. de 1º de diciembre de 1972,
RUEGO A V. E.: se sirva tener por deducido recurso de queja en contra de los Ministros Sres. ................., ................. y .................; y, previa audiencia de los Sres. Magistrados recurridos, con su informe escrito, poner pronto remedio al mal que la motiva, resolviendo que .............................; y aplicar a los Jueces infractores las medidas disciplinarias que correspondan.
PRIMER OTROSI: Ruego a V. E. decretar, desde luego, orden de no innovar, remitiendo, al efecto, oficio urgente al Tribunal de los Jueces recurridos, por las siguientes razones:
     1º   ...............................................
     2º   ...............................................
     3º   ...............................................
SEGUNDO OTROSI: A fin de que V. E. se forme un concepto acabado del asunto, ruego a V. E. ordenar que se traiga a la vista el expediente respectivo.
TERCER OTROSI: Conforme con lo ordenado por el artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, acompaño boleta de depósito en arcas fiscales por $...................
     Acompaño, también, certificado emanado del Tribunal de los Sres. Magistrados reclamados, en el que consta que la resolución impugnada fue notificada, a mi parte, con fecha ....... del presente mes, el nombre de las partes, según la carátula, la fecha de la resolución, la foja en que se encuentra y la constancia de mi personería.
CUARTO OTROSI: Ruego a V. E. tener presente que designo Abogado patrocinante a don ......................, inscripción.Nº ........... R‑2, patente Nº................ de la I. Municipalidad de ...................., domiciliado en ............................... Nº......, oficina Nº........; y que confiero poder al Procurador del Número don ............................, domiciliado en el Palacio de los Tribunales.

          
_____________________________________________________

NOTA: Ver también "Queja" en contra de funcionarios y de jueces.  Si el apoderado no es Abogado habilitado , delegará su poder en uno que lo sea; o en un Procurador del Número.
     Si no se acompaña el certificado, por demora del tribunal de los Magistrados recurridos, así se dirá y se pedirá en el tercer otrosí del formulario, un plazo para agregarlo, fundadamente.
     La Corte califica las razones; si no las encuentra suficientes, rechaza el recurso. En caso contrario, otorga un plazo breve, para acompañarlo. Por esto, es conveniente pedir, por escrito, la certificación y agregar, al recurso, copia ‑con cargo‑ de tal petición.

     En cuanto a la boleta, el Banco del Estado atiende, habitualmente, hasta las 14 horas del día, excepto sábados y festivos, para recibir los depósitos.

martes, 22 de marzo de 2016

0607

MANDATO PARA VENDER UN VEHICULO.

      En la ciudad de ..............., con fecha ...... de .................. de 199..., comparece don ................... ................, de profesión ..............., domiciliado en ................ Nº ......., cédula nacional de identidad Nº ........................, mayor de edad; y expone:
     Que confiere mandato especial a don ................. .................. de profesión  ............., domiciliado en ....................... Nº......, cédula nacional de identidad Nº ............., para que, en su nombre y representación, enajene el automóvil marca ............., año ......, modelo ......... de ...... puertas, de color ..........., motor Nº ........., chassis Nº .........., permiso de circulación ........, inscrito en el Registro Especial de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación de la ciudad de .............
     El mandatario podrá fijar el precio y las condiciones de pago; pero ese no puede ser inferior a $ ................
     El mandatario podrá otorgar recibos o cartas de pago del precio, total o parcial.


     En comprobante, firma ...........................

martes, 15 de marzo de 2016

0938

Solicita orden de no innovar.

                     Excma. Corte.

     ..................................., Procurador del Número, por la parte del demandante(dado) don ................, en autos sobre recurso de queja, relacionados con los autos caratulados "......................... con ...................", sobre .............., en procedimiento ............, del ......º Juzgado en lo Civil de esta ciudad, Rol Nº..........., de vuestro Tribunal, a V. E., respetuosamente, digo:
     En autos, interpuse recurso de queja, en contra de los Sres. Ministros de la ......... Sala de la I. Corte de Apelaciones de .............., Sres. ..............., ................. y .............., a fin de que US.Excma. resuelva que ...........................
     Mientras tanto, en el tribunal de primer grado, se continuará con la tramitación del proceso, con el próximo paso procesal, que consiste en ........................., lo que significa un perjuicio irreparable e irreversible para los justos intereses de mi parte, por lo que se hace necesario que US. Excma. tenga a bien dictar una orden de no innovar, en los autos.
     Efectivamente, ............................
     Sin repetir la argumentación propia del recurso de autos, paso a destacar las fundadas razones por las cuales Vuestro Tribunal hará bien en dictar tal orden:
     1.‑  ..................................................
     2.‑  ..................................................
                      POR TANTO,
y de acuerdo con lo dispuesto por el art. 5º y ss. del Auto Acordado de 6 de noviembre de 1972,
RUEGO A US. EXCMA.: se sirva dictar orden de no innovar, en la causa a que se refiere este recurso, ordenando que se oficie, con urgencia, al Tribunal a quo, al efecto.
         

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NOTAS: Si el proceso de origen es de un lugar distinto, así se dirá.
     Esta solicitud, si es denegada, no hay inconveniente en reiterarla, con nuevas razones; y, especialmente, si han cambiado las condiciones del proceso, en el Tribunal a quo.
     Ver Explicación sobre ORDEN DE NO INNOVAR.
     La solicitud de orden de no innovar se puede pedir por el Abogado patrocinante y/o por el apoderado letrado de primera instancia; pero no se puede solicitar, en una Corte, por el mandatario no Abogado, de primer grado.

     Se debe tener cuidado de acreditar la representación del Abogado o del Procurador del Número, debido a que, muchas veces, no se da curso al recurso del caso y a la solicitud de no innovar, por no estar probada la personería.