La Dama de la Justicia (latín: Iustitia, la diosa romana de la Justicia, que es equivalente a la diosa griega Dice) es una personificación alegórica de la fuerza moral en los sistemas judiciales.
La primera representación conocida de Iusticia ciega es la estatua de Hans Giengen de 1543 en el Gerechtigkeitsbrunnen (Fuente de la Justicia) en Berna.



miércoles, 19 de marzo de 2014

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EN LO PRINCIPAL: solicita aumento extraordinario del término de prueba para rendirla en la ciudad que indica; EN EL PRIMER OTROSI: exhorto; EN EL SEGUNDO: certificado; y EN EL TERCERO: cuaderno separado.

                S.  J.  L. en lo Civil

     .............................................., por la parte del demandante(dado) don ......................... en autos sobre ......................, caratulados "................. con ....................", a US. respetuosamente, digo:
     Don .............................................., testigo que depondrá por mi parte, según aparece en la lista a fs. ............., reside en la ciudad de ..................., siéndole muy gravoso acudir ante el Tribunal de US. para declarar.
     No habiendo vencido aún el término ordinario de prueba, solicito que se aumente extraordinariamente dicho término, en ...... días hábiles, conforme con lo que dispone el artículo 329 del Código de Procedimiento Civil en relación con el art. 259 del mismo cuerpo legal, a fin de que se rinda la testimonial indicada en dicha ciudad.
                      POR TANTO,
de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 329, 330, 332, 333, 335, 336 y 337 del Código de Procedimiento Civil,
RUEGO A US.: se sirva conceder, a mi parte, un aumento extraordinario del término probatorio, de ....... días hábiles, a contar del vencimiento del término ordinario de prueba, a fin de que pueda rendir la testimonial referida en la ciudad de ...................... con citación.
PRIMER OTROSI: Vencido el plazo de citación, o desechada la oposición, según el caso, ruego a US. exhortar al Sr. Juez en lo Civil de Turno, de la ciudad de ..................., a fin de que proceda a recibir la prueba testimonial aludida.
     El Tribunal exhortado estará facultado para practicar u ordenar que se practiquen todas las diligencias tendientes a recibir la testimonial indicada, pudiendo, especialmente, fijar día y hora al efecto, citar, apercibir y ordenar el arresto del testigo indicado, si fuere necesario.
     El exhorto podrá ser diligenciado por la persona que lo presente o que lo requiera del tribunal exhortado y deberá contener copia de esta solicitud, providencia y notificaciones, copia de la certificación del segundo otrosí de esta solicitud; del auto de prueba, minuta de puntos de prueba y lista de testigos.
                      POR TANTO,
RUEGO A US.: se sirva exhortar en la forma solicitada.
SEGUNDO OTROSI: El término extraordinario comenzará a correr, sin interrupción, después de vencido el término ordinario. El vencimiento del primero debe ser conocido por el Sr. Juez exhortado, a fin de que pueda fijar las audiencias de prueba.
                      POR TANTO,
RUEGO A US.: se sirva ordenar que se certifique por el Sr. Secretario del Tribunal, la fecha en que vence el término ordinario de prueba, a fin de que quede determinada la fecha en que vencerá el término extraordinario que solicito.
TERCER OTROSI:  De acuerdo con lo dispuesto en el art. 336 del Código de Procedimiento Civil, ruego a US. ordenar la formación de cuaderno separado.

        
_________________________
NOTA: Cuando se trate de rendir prueba distinta de la testimonial se adaptará el formulario según el caso.

     A nuestro juicio, es conveniente que las providencias que libre el Tribunal exhortado para la recepción de la prueba, se notifiquen por el estado diario, a fin de que se cumpla por analogía, la norma del art. 324 del Código de Procedimiento Civil.

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