Procedimiento: Sumario
Materia: Jactancia (J01)
Demandante:
Rut:
Abogado
patrocinante:
Rut:
Apoderado:
Rut:
Demandado:
Rut:
EN LO PRINCIPAL: demanda
de jactancia; y EN EL OTROSI: patrocinio y poder.
S.
J. L. en lo Civil
...................., de profesión
.........., domiciliado en .................... Nº...., a US., respetuosamente,
digo:
Demando de jactancia, en juicio sumario, a
don ...................., de profesión .........., domiciliado en
................. Nº....... , por haber manifestado que tiene derecho a
......................................., de lo que no está gozando y de lo que,
según él, es acreedor en mi contra.
Los hechos son los siguientes:
1º
.................................................
2º .................................................
3º
.................................................
Como yo no soy deudor de la obligación
referida, demando, al jactancioso, a fin de aclarar esta situación y evitar la
injusta ofensa de hacerme aparecer como incumplidor, lo que me causa, también,
perjuicio, que cobraré oportunamente.
POR
TANTO,
de acuerdo
con lo dispuesto por los artículos 269 y siguientes y 680 y siguientes del
Código de Procedimiento Civil,
RUEGO A
US.: se sirva tener por deducida demanda de jactancia en contra de don
...................., ya individualizado, para que deduzca demanda en mi
contra, dentro del plazo de diez días, desde que cause ejecutoria la sentencia
definitiva que se dicte en autos, bajo apercibimiento de que, si así no lo
hiciera, no será oído, después, sobre aquel derecho, con costas.
OTROSI: Ruego a
US. tener presente que designo Abogado patrocinante confiero poder a don
...................., inscripción Nº.......... R‑2, patente Nº.........., de la
I. Municipalidad de .............., domiciliado en .................... Nº
....., oficina Nº........, de esta ciudad.
___________________________
NOTA: El
demandado puede pedir ampliación del plazo, hasta 30 días, con motivo fundado.
La jactancia debe constar por escrito o haberse
proferido, de viva voz, a lo menos, ante dos testigos, hábiles para deponer en
causa civil. Asimismo, hay lugar a ella en contra del querellante, pues ‑del
proceso criminal‑ pueden emanar acciones civiles, para el ejercicio de éstas.
Si se da lugar a la demanda, y el
jactancioso no inicia su acción dentro de plazo, el actor debe pedir,
incidentalmente, que se declare, al jactancioso, incurso en el apercibimiento
de no ser oído sobre el derecho que decía tener, después.
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