Separación de bienes y liquidación de sociedad conyugal.
...comparecen:
don ................................., de nacionalidad ......................,
de profesión ..........., domiciliado en .............. Nº.........., cédula
nacional de identidad Nº ..........., y doña ..........................., de
nacionalidad .............., de profesión ..............., casada con el
compareciente, de su mismo domicilio, cédula nacional de identidad Nº
.........., ambos mayores de edad, y exponen:
PRIMERO: Los comparecientes
contrajeron matrimonio con fecha ...... de .............. de 19..., ante el
Oficial del Registro Civil de la Circunscripción de .............., inscrito
bajo el Nº ........, de tal año, en régimen de sociedad conyugal.
SEGUNDO: Conforme lo autoriza
el artículo 1.723 del Código Civil, por el presente instrumento, los
comparecientes sustituyen, dicho régimen, por el de separación total de bienes.
TERCERO: Por este mismo acto,
los comparecientes liquidan la sociedad conyugal, en la forma que pasa a
expresarse.
CUARTO: La sociedad conyugal
referida era dueña de los siguientes bienes, de que, ahora, son comuneros los
comparecientes:
a) Sitio y
casa ubicado en calle ............ Nº ....., de la ciudad de ........., de la
Comuna de .........., de la provincia de .............. de la ....ª Región, Rol
Nº ........., propiedad que se adquirió, a nombre del marido, por compra a don
..........................., ante el Notario de .............., don
...................., inscrita a fs. .......... Nº ........., del Registro de
Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de ........ del año 19....
Los
deslindes son los siguientes:
Al
Norte: ..........................;
Al
Sur: ..........................;
Al
Oriente: ..........................; y
Al
Poniente: ..........................
b)Las
siguientes acciones, bonos y otros valores:
....................................................
..................................................... .........................
c)Dinero
en cuenta corriente y otros depósitos:
....................................................
..................................................... .........................
d)Los
siguientes bienes muebles: ....................................................
..................................................... .........................
QUINTO: Los referidos bienes se
avalúan, entre las partes, de consuno, en las siguientes sumas:
a)
.................................
b)
.................................
c)
.................................
Para este
avalúo, las partes han considerado los siguientes antecedentes:
.................................................. ......................; y ‑además‑
la voluntad de ambos.
SEXTO: La sociedad conyugal
era deudora de las siguientes sumas, a los acreedores que se indican:
a)..................................................
b)..................................................
SEPTIMO: Como consecuencia, el
haber líquido de la sociedad es la suma de $ ........, que es la diferencia entre
el activo y las deudas, de modo que, a cada cónyuge le corresponde la mitad,
que es la suma de $ ...............
OCTAVO: La hijuela del cónyuge
don .................., se completa de la siguiente manera:
a)Con la
adjudicación de ....................., avaluado en la suma de $ ...........
b)Con la
adjudicación de ....................., avaluado en la suma de $ ...........
c)Con la
adjudicación de ....................., avaluado en la suma de $ ........... El
valor total de estas adjudicaciones es la suma de $ ............., de modo que
queda un alcance en contra de este adjudicatario, por la suma de $ ....
............., que queda adeudando a su cónyuge.
Queda
completa esta hijuela.
NOVENO: La hijuela de la
cónyuge doña .................... se completa de la siguiente manera:
a)Con la
adjudicación de ...................., avaluado en la suma de $ ..........
b)Con la
adjudicación de ...................., avaluado en la suma de $ ..........
c)El
crédito por la suma de $ ............., en contra de su marido, correspondiente
al alcance por el mismo valor, referido en la cláusula anterior, que se pagará
al día ........ de ................. de 19..., sin reajuste y con el interés de
.......% anual. Queda completa esta hijuela.
DECIMO: Las partes aceptan las
adjudicaciones en la forma relacionada.
(OPTATIVO): En garantía de este
saldo, don ................, otorgada la siguiente caución:
............................................................
............................................................ .
UNDECIMO: Las adjudicaciones se
hacen como cuerpos ciertos, en el estado en que los bienes se encuentran,
estado que es conocido de las partes, con todos sus usos, costumbres y
servidumbres, libres de todo gravamen, prohibición y embargo.
DUODECIMO: No se forma hijuela de
frutos, porque éstos se han consumido en la subsistencia de las partes y de la
familia común, no existiendo reclamo ni alcance alguno que formular por este
concepto, ni por ningún otro.
DECIMOTERCERO: Los gastos de
escritura, impuestos, inscripciones y demás, se pagarán ‑por iguales partes‑
entre los comparecientes.
DECIMOCUARTO: Se faculta, al portador
de copia autorizada de esta escritura, para requerir las inscripciones y
anotaciones que procedan.
En
comprobante, firman ..................
___________________________________________________________
NOTA: Recordamos que, conforme al art. 1.723 del
Código Civil, la escritura de separación de bienes debe subinscribirse, al
margen de la inscripción matrimonial, dentro de los treinta días corridos
fatales, so pena de quedar sin efecto.
Puede
pactarse, también, separación parcial de bienes, indicándose respecto de cuales
bienes sociales de la mujer, ella se entenderá separada; continuando la
sociedad conyugal, respecto de los demás.
Recordamos
que el art. 1.766 del mismo Código, expresa que el inventario y la tasación que
se ha hecho sin solemnidad judicial no tiene valor en juicio sino que en contra
del cónyuge, de los herederos o de los acreedores que lo hayan aprobado y
firmado; y si entre los partícipes de gananciales, hay menores u otras personas
inhábiles, deberá hacerse inventario y tasación solemnes. Se discute si es
necesario o no hacer el inventario y tasación judicial en el caso que se pacte
la separación de bienes y se realice la liquidación de la sociedad conyugal en
un solo acto y escritura, por no haber oportunidad material para practicar, en
el mismo acto, el inventario judicial. Sin embargo, sería preferible hacerlo e
insertarlo o protocolizarlo inmediatamente después, para cumplir lo preceptuado
por el art. 1.766 en comentario.